///nos Aires, 1 de octubre de
2001-
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en
la presente causa que lleva el N° 7694/99 caratulada Astiz Alfredo y otros S/
delito de acción Pública y respecto de la situación procesal de JUAN CARLOS ROLÓN,
argentino, nacido el día 6 de octubre de 1948 en la ciudad de Buenos Aires, (...) Oficial
de la Armada Retirado, (...); JORGE CARLOS
RADICE, argentino, nacido el día 4 de noviembre de 1951 en la Ciudad de Buenos Aires,
(...), militar retirado, (...); JORGE EDUARDO ACOSTA, argentino, (...), nacido el día 27
de mayo de 1941 en esta ciudad, Militar Retirado, (...); FRANCIES WHAMOND, argentino,
nacido el día 10 de febrero de 1930 en la ciudad de Zapala, provincia de Neuquén, (...),
Capitán de Fragata Retirado y docente, (...); ALDO
ROBERTO MAVER argentino, (...) nacido el día 26 de diciembre de 1945 en la provincia de
Córdoba, desocupado, (...); EMILIO EDUARDO MASSERA, argentino, nacido el día 19 de
octubre de 1925 en Parana Provincia de Entre Ríos, (...), Marino Retirado, (...) cumple arresto domiciliario, (...); JORGE ENRIQUE
PERREN, argentino, (...), nacido el día 9 de octubre de 1939 en la Ciudad de Buenos
Aires, (...), Capitán de Navío Retirado, (...);
Y CONSIDERANDO:
Primero: La
denuncia
Que las presentes
actuaciones tienen su inicio con fecha 15 de julio del año 1999 en razón de la
incompetencia declarada por el suscripto, en el carácter de Titular del Juzgado Nacional
en lo Criminal y Correccional Federal N°11, en los autos N° 375/98 caratulados
Astiz Alfredo S/ apología del delito del registro de dicho tribunal.
Los testimonios
remitidos se corresponden con la presentación efectuada en su oportunidad por Federico
Gómez Miranda en los autos de referencia con el objeto de ser tenido por parte
querellante.
En el
entendimiento que de los hechos introducidos por el nombrado no se desprendía
vinculación objetiva ni subjetiva alguna, con aquel por el cual fuera imputado Alfredo
Astiz en los autos citados, es que se remitieron los testimonios pertinentes a la
Excelentísima Cámara del Fuero.-
Efectuado el
sorteo de rigor resultó desinsaculado el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional
Federal N° 12 para investigar los hechos denunciados por el nombrado Gómez.
Ahora bien,
corresponde en este punto efectuar una detallada exposición de los hechos que han sido
puestos en conocimiento de este juzgado a lo largo de las distintas presentaciones que en
copias obran a fs 1/68.
En ese sentido el
citado Gómez expresa que el día 10 de enero del año 1977, a las 7:00hs aproximadamente
, se presentó en el domicilio de la calle Santa Fe 1713, primer piso, de esta ciudad, un
grupo constituido por personas vestidas de civil, presuntamente pertenecientes a la Armada
Argentina.
En dicho lugar
funcionaba la oficina de su padre Conrado Higinio Gómez, donde a su vez trabajaban otras
personas prestando asesoramiento financiero.
Según el relato
de personas que habrían presenciado tal circunstancia
el operativo duró hasta las 16:00hs aproximadamente, momento en el cual liberan a
Antonio Osso, Hugo Koremblit, Marcelo Gonzalez y Raúl Horacio Pourtale.
Luego de ello, se
retiraron del lugar trasladando contra su voluntad a Conrado Higinio Gómez, Emilio
Assales Bonazzolla, Marcelo Hernández Carlos
Gumersindo Romero y Juan Gasparini.
Los nombrados
fueron trasladados en camionetas y en un Ford Fairlane propiedad de Gómez, cuyo robo
fuera denunciado ante el Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Criminal de
Instrucción N° 32 por entonces a cargo del Dr Julio Tavarez, como así también en la
seccional correspondiente de la Policía Federal Argentina.
Por otra parte
destaca el denunciante que en el procedimiento de mención las personas que intervinieron
se llevaron todo el dinero - cientos de miles de dólares, tal vez mas de un
millón- escritos, expedientes y documentación, todo lo cual se encontraba
reservado en la caja fuerte del estudio del nombrado.
Asimismo,
retiraron del lugar la totalidad de los bienes que se encontraban en dicho estudio,
destacándose entre otros, las máquinas de
escribir, los electrodomésticos, y la ropa del nombrado.
Agrega que según
los testimonios de Koremblit y de Osso, los captores eran aproximadamente unas quince a
veinte personas, cuyas voces de orden provenían de varios hombres que gritaban muy
nerviosos, pudiendo individualizar rápidamente a un hombre alto, rubio, de cara redonda,
de mas de un metro ochenta centímetros de altura. Estas personas, amen de dar órdenes en
forma constante requisaron todo el lugar.
A pocos días de
haber sido privado de su libertad Conrado Higinio Gómez se comunicó telefónicamente con
la escribana María Elisa Dartilongue de Nacaratto, familiar del nombrado, en dicha
oportunidad le hizo saber que una persona iba a presentarse ante su escribanía a retirar
un poder que se encontraba reservado en dicho lugar.
Efectivamente dos
hombres vestidos de civil y con cabello muy corto, se presentaron ante dicha escribanía
retirando un poder de administración de bienes en todo el territorio
nacional.
Su madre - esposa
de Conrado Gómez- y sus hermanos tomaron conocimiento del secuestro de su padre en la
mañana del once de enero de ese año, aproximadamente a las 7:30hs, en razón de un
llamado telefónico de Ignacio Serra, amigo personal del nombrado.
En razón de lo
sucedido, su madre emprendió viaje hacia esta ciudad. En esa oportunidad se entrevistó
con una persona cuyo nombre se ignora, que se habría vinculado con Conrado Gómez a
través del turf, quien le informó que una de las personas que había estado en el
departamento de Gómez durante el procedimiento del día 10 de enero y al que habían
dejado en libertad, había sido detenido el día miércoles y su casa había sido
totalmente requisada.
Destaca que este
informante anónimo, se presentó con el apodo de un represor, que según sus palabras
había actuado con extrema ferocidad y le decían El Aleman.
Luego de la
información confusa pero que daba cuenta de presuntos secuestros y operativos, su madre
se dirigió a la oficina del primer piso y al tercer piso
de la calle Santa Fe 1713 de esta ciudad, donde el año anterior, por espacio de
tres días, había trabajado en la refacción de los mismos.
En dicha
oportunidad tomó conocimiento de las faltantes en el departamento del primer piso.
Asimismo, encontró un escrito de su padre, símil a un inventario de lo que
quedaba en la oficina. En tal documento se había dejado constancia que la caja
fuerte y el fichero no eran de su propiedad, así como el reloj de oro que se habrían
llevado, con un agregado final que aclaraba que el dinero que habían retirado era de su
propiedad, suma que alcanzaba los ciento treinta millones de la moneda nacional de aquel
entonces.
El día lunes 17
de ese mismo mes y año su madre compareció ante la Camara de Sentencia letra
C (sic) presentando un
habeas corpus de cuyo rechazo fue notificada el día 17 de febrero.
Al día siguiente,
martes 18, en horas de la noche, su padre se comunicó telefónicamente al domicilio donde
su madre residía por aquel entonces, manifestandole que se encontraba a disposición de
las fuerzas de seguridad. Le solicitó que no hiciera nada, que no realizara
trámite alguno. Incluso le requirió que no insistiera interponiendo recursos de
habeas Corpus.
Por su parte, le
informó que sólo le permitían comunicarse telefónicamente para interesarse sobre la
familia.
En dicha
oportunidad le dijo que iba a dirigirles cartas a aquellas personas le de debían dinero,
asegurandose de tal forma la manutención de sus hijos, y el alquiler de la casa que
ocupaban en la provincia de Mendoza.
El día 25 de
enero personal presuntamente de la Armada Argentina y del Ejército Argentino en horas de
la noche, entre las 2:00hs y 5:00hs con el desplazamiento de camiones y otros vehículos,
cortaron el tránsito de la avenida Santa Fe y bajaron por el lado exterior del edificio
un piano de cola propiedad de su madre. En dicha ocasión, habrían arrancado azulejos de
las paredes, y se habrían llevado los objetos inherentes al funcionamiento de ambos
departamentos, entre otros, calefones, mesadas, sillas, estufas lamparas de pie y
colgantes, mesas, camas, colchones, vaciando literalmente las dos viviendas.
Ese mismo día su
padre volvió a comunicarse telefónicamente oportunidad en la que aconsejó a su madre
que se quedara junto con sus hijos en la provincia de Mendoza. Por otra parte le
manifestó que el dinero que le había sido sustraído de su estudio se lo iban a entregar
a ella, así como un cheque del National City Bank, entidad donde el Conrado Gómez
poseía una cuenta bancaria, en la que habría depositada la suma de pesos moneda nacional
setecientos mil.
Tal dinero y el
cheque de su propiedad, prometido por su padre a instancia de sus captores, nunca habrían
llegado a manos de su madre, Gloria Josefina Miranda de Gómez.
Por tal motivo la
nombrada regresó a la provincia de Mendoza y
se contactó con Ramón Abrales, ciudador de caballos, quien hacía lo propio con gran
cantidad de equinos propiedad de Conrado Gómez - aproximadamente veinte- en la ciudad de
paso de los Libres en la frontera con el Brasil.
Luego de
explicarle la delicada situación por la que atravesaban convinieron en vender los
caballos a los efectos de reunir el dinero necesario para la manutención familiar.
Sin embargo,
recibieron un llamado telefónico desde aquella localidad, dando aviso que dos personas se
habían presentado en el lugar, una de ellas llamada Héctor Ríos, quienes intentaban
retirar la totalidad de los ejemplares equinos alegando que el Dr Conrado Gómez se los
había vendido.
Tanto su madre
como Abrales aguardaron la llegada de estos hombres por el término de dos días,
presumiendo que se trataba de inescrupulosos que enterados de la privación de la libertad
de su padre intentaban obtener un beneficio económico desapoderándolos de sus bienes.
Luego de ello su
madre volvió a esta ciudad mientras que Abrales viajó
a la provincia de Mendoza a los efectos de conseguir un camión para trasladar los equinos
a dicha provincia y efectuar un remate de los mismos.
Gloria Miranda se
entrevistó con Aldo Maver quien cuidaba del único ejemplar que Conrado Gómez poseía en
esta ciudad, denominado Sir Raleigh, quien le hizo saber de su interés por
adquirir el equino.
Asimismo le hizo
saber que lo había visitado una persona
llamada Héctor Ríos pidiendole asesoramiento, toda vez que le había comprado los
caballos a Gómez. Agregó que por averiguaciones que había practicado conocía que Ríos
se encontraba vinculado con las Fuerzas de Seguridad.
Al día siguiente,
es decir 15 de febrero del mismo año, su madre recibe en el domicilio donde residía
temporariamente en esta ciudad una nota manuscrita de Gómez quien textualmente habría
escrito: Querida Quichin te escribo al solo
objeto de pedirte las siguientes cosas 1) que no vendas nada, caballos o cualquier otra
cosa.2) desentendete de todas mis relaciones económicas no te metas en nada, abstenete de
actuar en todo sentido, vigila exclusivamente por la familia y por los chicos, pero
prescindiendo de meterte o participar en cualquier problema. 3) si necesitas dinero, las
personas que se vinculen contigo para darte esta nota te lo entregara. Cumpliendo con mis
instrucciones te veré muy pronto. Un beso grande, Conrado
De allí entiende
el denunciante que a su padre lo estaban extorsionando y que estaba convencido que su
familia recibía el dinero al que hacía mención.
Tal misiva según
dichos del denunciante ató de pies y manos a su madre, quien se trasladó
nuevamente a la provincia de Mendoza. Sin trabajo por haber sido expulsada de la Escuela
Superior de Música de la Universidad Nacional de Cuyo, desarrolló otras tareas a los
efectos de solventar los gastos familiares.
A continuación
intentó obtener información sobre la situación de Gómez a través de vías oficiosas,
cuya contestación siempre fue negativa.
En los primeros
días del mes de marzo regresó a esta ciudad, oportunidad en la que tomó conocimiento
que había sido presentado un cheque en la cuenta que Gómez poseía en el National City
Bank, firmado por él, por una cifra superior a la depositada en dicha cuenta.
Tal valor estaba
fechado el día 14 de febrero - idéntica a la de la misiva recibida por su madre- a la
orden de Héctor Ríos, endosado por este con el sello correspondiente para ser depositado
en la cuenta de la Asociación Obrera textil, firmado por un Teniente de Fragata,
interventor de dicha entidad. En razón de la falta de fondos en dicha cuenta el cheque
fue rechazado.-
Luego de haber
obtenido en la entidad bancaria una fotocopia del cheque en cuestión, se entrevistó,
junto con María Victoria Gómez Erice, con
José Conrado Antonioni, primo hermano de Conrado Gómez, hoy Capitán retirado del
Ejercito.
Le hicieron
entrega de esa única copia del cheque, a los efectos que averiguara, en virtud de la
facilidad con la que contaría por pertenecer a la fuerza de mención, sobre tal
circunstancia.
En esos primeros
días del mes de marzo cuatro personas - un teniente y un sargento, y dos policías
uniformados- se presentaron en Paso de los Libres en busca de los caballos mencionados.
El cuidador de los
mismos puso en conocimiento de tal hecho al Coronel Medrano, a cargo del Destacamento Paso
de los Libres, quien impidió la entrega de los ejemplares.
Sin embargo,
transcurridos unos días fue el mismo Coronel el que habría autorizado la entrega por
escrito, quedandose con uno de ellos llamado
Sir Nano.
Por su parte, Aldo
Maver, quien cuidara los caballos de Gómez, continuó haciendo lo propio cuando los
mismos pasaron a manos de los marinos, oficiando, además, de punto intermedio en los traspasos.
Durante ese mes de
marzo, Gloria Miranda presentó dos nuevos recursos de habeas corpus los que
fueron rechazados posteriormente.
Por esos días
recibieron el último llamado telefónico de Conrado Gómez, y también el último
contacto con él. En dicha oportunidad, luego de dialogar con sus hijos, le manifestó a
Gloria Miranda que las cosas se habían demorado pero no complicado, que pensaba que
iba a poder salir del país, pero -conforme su madre- se habría alterado al
enterarse que el dinero prometido nunca había llegado a sus manos al igual que el cheque
citado, y que la situación de la familia era muy difícil.
Amen de nuevas
presentaciones que efectuara ante la justicia, Gloría Miranda, denunció los hechos
relatados ante la Asamblea permanente por los derechos Humanos, en la Conferencia
Episcopal Argentina, en la Nunciatura Apostólica, en la Comisión de Familiares de Presos
y desaparecidos, al Sr Presidente de la Nación, y envió diversas misivas a las
juntas Militares obteniendo siempre respuestas negativas.
El día veinte de
agosto de 1999 prestó declaración testimonial Federico Gómez Miranda, ocasión en la
que amplió en detalles las presentaciones oportunamente
efectuadas ante el juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 11.
Sin perjuicio de
ello, y de conformidad con lo dictaminado por
el Sr Agente Fiscal, el Dr Gustavo Adolfo Literas, por entonces titular de este Tribunal,
entendiendo que la atribución de hechos invocados a Alfredo Astiz no podían generar
efectos jurídicos en este ámbito, dado que el nombrado se encontraba dentro de los
sujetos beneficiados con la ley 23.521 - denominada obediencia debida-
resolvió archivar el presente sumario, por imposibilidad de proceder.
Tal decisorio, en
tanto fuera recurrido por Federico Gómez, en su carácter de querellante en estos
actuados, fue revocado por la Excelentísima Cámara del Fuero, debiendo este tribunal
continuar con la investigación de los hechos denunciados. ( ver fs 232/43).-
En razón de ello,
conferida que fuera la vista prescripta por el artículo 180 del Código Procesal Penal de
la Nación, el Sr Agente Fiscal formuló el correspondiente requerimiento de instrucción,
impulsando de tal forma la acción penal de la presente causa en los términos del
artículo 188 del mismo cuerpo legal-
El día veinte de
septiembre del pasado año prestó nuevamente declaración testimonial Federico Gómez
Miranda, ocasión en la que se explayó sobre el presunto desapoderamiento que habría
sufrido su padre, junto con Victorio Cerutti, Omar Masera Pincolini y Horacio Palma.
En primer lugar
resaltó la cronología en que se sucedieron los secuestros de los nombrados, destacando
que su padre fue trasladado a la Escuela de Mecánica de la Armada, mientras que el resto
de ellos - es decir Cerutti, Masera Pincolini y Palma- fueron privados de su libertad en
los días siguientes.
A continuación
señaló que en el transcurso del año 1975 Conrado Gómez compró al Contador Horacio
Palma, veinte hectáreas pertenecientes a Cerro Largo S.A., sitas en la localidad de
Chacras de Coria, provincia de Mendoza, que fueron anexadas a las tres hectáreas y sus
respectivos cascos que poseía por aquel
entonces el ex viñatero y bodeguero Victorio Cerutti.
Indicó que a
partir de la privación de la libertad de su padre, junto con su madre tuvieron durante el
transcurso de aquel verano del año 1977 múltiples contactos, indicios y pruebas ciertas
que Conrado Gómez se encontraba secuestrado en una dependencia naval y desde allí se
encontraba obligado a entregar todo su patrimonio.
Señala como
prueba de ello el sucesivo desprendimiento de bienes que sufriera Gómez a lo largo de su
cautiverio, destacando, a su vez el tenor de los llamados telefónicos que mantuvieran, y
la misiva que le dirigiera a Gloria Miranda.
Agrega que
conforme obra en la ficha que se encontrara en poder de Monseñor Graselli, actualmente en
custodia de la Excelentísima Cámara Federal de la Ciudad de la Plata que daría cuenta
que Conrado Gómez no disponía a consideración de sus captores de suficientes
miles de verdes para saciar las ansias de los mandos de la Marina y del Ejercito,
sumados los testimonios de Lisandro Raúl Cubas, Juan Gasparini, y el relato que le
ofreciera Graciela Daleo, se colige que durante el mes de enero de 1977 los movimientos de
los oficiales superiores y jerarquías navales superiores estuvieron orientados a ejecutar
el apoderamiento y el traspaso de los bienes muebles e inmuebles propiedad de su padre.
Sumado a ello,
destaca que los testimonios de los
sobrevivientes son coincidentes en relación a que la estrategia de Emilio Eduardo
Massera, respecto a los desapoderamientos de bienes, que supervisó en persona y que
debió dar explicaciones a los miembros de la junta militar, fue ejecutada principalmente
por los contadores navales Hugo Berrone y Jorge Radice, y entre ellos los oficiales
operativos Alfredo Astiz y su compañero de promoción Ricardo Miguel Cavallo.
Por tal motivo,
entiende que la finalidad represora - teniendo en cuenta la inexistencia de razones por la cual su padre fuera desaparecido
y presuntamente asesinado-, obedece a lograr el desapoderamiento patrimonial de sus bienes
que a la fecha no han podido recuperar.
Luego de ello,
efectúa una enunciación de indicios que lo llevan a la convicción que su padre, amen de
ser asesor legal y administrador de los bienes de Cerro Largo SA, era accionista de dicha
sociedad.
Sobre este punto
destaca que el desapoderamiento de Cerro Largo SA se
operó a través de la creación de documentación apócrifa y documentación suscripta
por los nombrados en cautiverio, en virtud de la cual se cedió tal sociedad a un grupo de
personas con nombres supuestos - Felipe Pages, Mario Rodriguez, Juan Héctor Ríos, y
Federico Williams, entre otros- que serían oficiales de la ESMA, nucleados bajo la
Sociedad WILL RI.-
A continuación,
indicó que teniendo en cuenta que conforme se desprende de los autos que se le siguieran
a Alfredo Astiz en orden al delito de apología del delito, éste no habría tomado
francos durante los años 1977 y 1978, sumado a lo plasmado en el libro del periodista Uki
Goñi, se desprende que entre los miembros
operativos, jóvenes oficiales entre 25 y 30 años de edad, al momento del secuestro de su
padre, entre los miembros activos se destacaba Alfredo Astiz.
Por otra parte,
señala una serie de indicios que lo llevan a presumir la participación del Oficial
Cavallo en el secuestro de su padre.
En primer lugar
destaca que de las copias que obtuvo de Victor Basterra, quien habría sido obligado a
falsificar una credencial de Ricardo Miguel Cavallo, podría ser una de las quince
personas que fueran sindicadas por los
albañiles que estaban efectuando tareas de refacción en la vivienda sita en la avenida
Santa Fe 1713.
En segundo lugar,
destaca lo manifestado por Juan Gasparini en su libro Montoneros Final de
Cuentas en cuanto a que manifesta haber sido trasladado el día 11 de enero de 1977,
luego de ser secuestrado en las oficinas de Conrado Gómez, en un vehículo marca Ford
Falcon color borravino -Gómez poseía
un Ford Fairlane de dicho color-conducido por Ricardo Miguel Cavallo.
En tercer
término, Marcelo Gonzalez, quien se encontrara en la finca de Conrado Gómez al momento
que irrumpieran las personas que posteriormente trasladaran a Gómez, le habría
manifestado que había logrado percibir la incesante salida de hombres armados, suponiendo
que había sido un procedimiento impresionante, en razón de la cantidad de
gente, el movimiento de vehículos y la violencia desplegada a lo largo de la jornada.
En identico
sentido se habría expresado Hugo Koremblit, quien se encontrara también en el interior
del inmueble al momento en que se desarrollara el hecho en cuestión.
Asimismo destaca
la magnitud del operativo desarrollado en el inmueble de su padre y en las inmediaciones,-
en el que habrían participado Juan Carlos
Rolón, Antonio Pernías, Gonzalez Menotti, Francis William Whamond,Alfredo Astiz y Jorge
Radice como experto tirador- que se corresponde con el rango del Oficial Cavallo en estas
acciones clandestinas, altamente calificadas.
Todo ello, sumado
a la descripción física que le ofrecieran los albañiles que trabajaban en el lugar,
hace presumir al denunciante que el oficial Cavallo participó del secuestro ,
interrogatorio y tortura de su padre como así también en el robo de sus bienes.
Amen de lo
expuesto, destaca que conforme lo señalara Gasparini su secuestro habría estado a cargo
de la unidad comandada por Juan Carlos Rolón, de la que el oficial Cavallo formaba parte.
Tal circunstancia
cobraría relevancia si se valora que el secuestro del citado Gasparini se encontraría
relacionado cronológicamente con el secuestro de Conrado Gómez.
Ello así pues es
dable establecer que los secuestros de ambas personas por la relación que los unía
habría estado a cargo de la misma unidad operativa.
Segundo: De las
pruebas recolectadas:
A lo largo de la
instrucción del presente sumario se lograron colectar los elementos probatorios que a
continuación se enunciarán:
Presentaciones de
Federico Gómez Miranda obrantes a fs 1/6 y 35/6. Esta última junto con los anexos
detallados de la letra A a la F obrantes a fs 8/34.
Respecto a estos
anexos es dable destacar la misiva remitida por Adolfo Francisco Scilingo, ex integrante
de la Armada de la República Argentina.
De la misma se
desprende que el nombrado no conoció ni supo de Conrado Gómez por su nombre y apellido.
Sin embargo expresó que en los primeros meses del año 1977, se supo que había sido
detenido un abogado testaferro de montoneros y que se habían
recuperado propiedades que serían administradas, hasta su liquidación, por
una inmobiliaria que se montó a esos efectos
en la Ciudad de Buenos Aires.
Siempre conforme
los dichos de Scilingo, dicha inmobiliaria dependía directamente de Acosta,
quien sólo reportaba a Chamorro y a Massera. Los operadores y responsables de ella fueron
los Tenientes Contadores (navales) Radice y Berrone.
Este último era
el que concurría con asiduidad a la ESMA, conduciendo un vehículo recuperado marca Ford
Fairlane borravinio, al que se le habría sacado el techo vinílico -aunque no esta muy
seguro de ello- único de esta marca y modelo que existió entre los doscientos dos
automóviles que contaba el GT3.3.2".-
Pasado un tiempo,
siempre en el año 1977, comenzó a circular la versión entre los que revistaban en dicho
lugar que el testaferro no era tal, y que solo se había tratado de una
operación ordenada por Massera , con el objeto de apoderarse del importante capital que
poseía el empresario, oriundo de la provincia de Mendoza y al que le fueron enajenados
fincas en Chacras de Coria, haras con caballos de carrera, y posiblemente
campos en las provincia de Entre Ríos o Santa Fe.
Por último
señaló que el capital de la inmobiliaria se fue incrementando con otras recuperaciones,
continuando tal circunstancia al momento en que Scilingo abandonó la Escuela de Mecánica
de la Armada en el mes de diciembre de 1977.-
A fs 62 se
presenta nuevamente Federico Gómez, acompañando las partes de interés de diversas obras
periodísticas. A su vez mediante copias obrantes a fs 63/7 el nombrado acredita su
carácter de heredero de Conrado Higinio Gómez.-
Se encuentra
glosado a fs 248 el requerimiento de instrucción formulado por los Sres Fiscales a cargo
de la Fiscalía Federal N° 2 a través del cual se impulsó la acción penal en las
presentes actuaciones.
Obran a fs 263/306
las copias remitidas por la Inspección General de Justicia referentes a la constitución
de las Sociedades Cerro Largo S.A. y Misa Chico S.A.
Sobre este punto,
he de señalar que la constitución de estas sociedades, junto con otras que en su momento
serán enunciadas, tales como Will-Ri SA, recibirán un tratamiento especial en el
presente decisorio. En razón de lo expuesto es que en este punto sólo serán reseñadas
las constancias colectadas sobre la cuestión, procediendose a su exhaustivo análisis en
su oportunidad.
El día siete de
septiembre del pasado año se presenta en secretaría el querellante aportando diversos
artículos periodísticos obtenidos de la red internet, relacionados con el hecho materia
de investigación, publicados por el diario Los Andes, y los periodistas Juan Gasparini y
Miguel Bonasso entre otros. ( ver fs 332/342)
A fs 352/5 obra la
declaración testimonial prestada por Guillermo Benito Martínez ante el Dr Alejandro
Martín Tarabelli, por ante la Sra Escribana Paola Gabriela Pungitore quien dio fe de tal
acto.
De la misma se
desprende que Martínez conoció a Conrado Higinio Gómez en razón de su actividad
profesional en el año 1975. Luego de ello entablaron una relación mas estrecha que la
conformada al momento de que tomara contacto con él. Tal relación perduró hasta días
antes del golpe de Estado del día 24 de marzo de 1976.
Manifestó que el
Dr Gómez iba a invertir en la zona conocida como Chacras de Coria en la provincia de
Mendoza, ya que le agradaban y además presumía que en un futuro, no muy lejano, se
convertiría en una zona turística de importancia y prosperidad económica.
Tal inversión la
canalizó a través de una sociedad, cuya denominación no recuerda, de la que fue
propulsor, amen de ser el apoderado legal en virtud de su profesión. Sumado a tal
inversión el Dr Gómez era propietario de otras tierras ubicadas en principio en las
localidades de Coquimbito y Agrello.
Por otra parte
destacó la preocupación de Gómez de ser secuestrado, debido a su actividad profesional
- ejercía la defensa de presos políticos- y por su ideología política y posición
social.
En razón de dicha
preocupación, común entre los ciudadanos, era cotidiano
entre las personas de cierta solvencia económica que registraran los bienes personales y
los que administraban a nombre de terceras personas que no tuvieran vinculación
política.
Tal modus
operandi habría sido ejecutado por Conrado Gómez en lo que respecta a los bienes
que conformaban su patrimonio.-
A fs 363/66 obra
la declaración testimonial prestada por Federico Gómez Miranda, cuya exposición se
efectuara en los párrafos precedentes.
El día
veintinueve de septiembre del pasado año prestó declaración testimonial Ignacio Serra
quien, conforme sus dichos, conoció a Conrado Gómez en la década de 1960 en la
provincia de Mendoza. Posteriormente ya en la década siguiente se trasladó a la ciudad
de Buenos Aires, donde ya residía Gómez, continuando con la relación de amistad que los
unía, hasta los días previos a su desaparición.
Tomó conocimiento
de ello a través de un ciudador de caballos que se había apersonado en el estudio de
Gómez, lugar donde una persona uniformada le había informado que se estaba desarrollando
un procedimiento por drogas.Cuando le preguntó por Conrado Gómez le dijeron
que no podía atenderlo por el operativo que se estaba desarrollando o que no estaba. En
forma inmediata se comunicó telefónicamente con el estudio de Gómez, siendo atendido
por una mujer que le informó que el nombrado no se encontraba en el lugar, luego de lo
cual se contactó con la familia de Gómez para hacerles saber lo que estaba sucediendo.
Resaltó la
sorpresa que le causó ingresar nuevamente a las oficinas del nombrado, toda vez que las
mismas estaban totalmente vacías. El único objeto que había quedado en el interior era
una caja Fuerte. Se llevaron hasta las cosas de escaso valor. No quedó nada
(SIC).
Manifestó que a
partir del golpe de estado de 1976, comenzó a contactarse con Gómez mas
esporádicamente. Solía verlo en el centro o en las carreras. También
visitaba la revista La Fija.
Relata que en una
oportunidad lo llamó especialmente para que lo fuera a visitar a sus oficinas, ocasión
en la que le exhibió unos planos de las tierras hoy conocidas como Chacras de
Coria. No recuerda si el nombrado era propietario de la totalidad o de la mayor
parte de las mismas.
Agregó que, en
virtud del vínculo familiar que unía al declarante con un gerente de la inmobiliaria
Kolton SA, cuyas actividades eran desarrolladas en la provincia de Mendoza, le solicitó
que practicara averiguaciones a los efectos de establecer si estaba interesado en la
compra de tales lotes.
Por otra parte,
manifestó haber formado parte de las reuniones que Gómez mantuviera con el propietario
de los inmuebles que ocupaba en la Avenida Santa Fe 1713, pisos 1 y 6 o 7.
Aclaró que Gómez ya había adquirido el primero de ellos, desconociendo si había
logrado la compra del otro previo a su desaparición.
Asimismo, hizo
mención a los caballos que poseía el nombrado, en la localidad de Paso de los Libres,
lugar donde los hacía competir, con el fin de venderlos posteriormente en el Brasil.
Indicó que desconocía si todos los equinos se encontraban registrados a su nombre, de
momento que en aquel entonces no era condición necesaria para que los mismos pudieran
competir que se encontraran registrados a su nombre, a diferencia de lo que ocurre en la
actualidad.
Sobre este punto
destaca que en una oportunidad Gómez le trasladó la intención de registrar los
ejemplares a su nombre, motivo por el cual quería entrevistarse con el titular de la
revista la Fija.
Por último,
recordó que a los pocos meses de producida la aprehensión de Gómez,
aparecieron corriendo unos caballos que eran propiedad del nombrado.
También rememoró
que se acercó al cuidador de esos caballos, creyendo que era Aldo Maver, quien le indicó
solamente que se los habían traído para hacerlos correr, pero que le hizo entender que
no le podía dar mucha información, y teniendo en cuenta la forma en que se vivía
en esa época el deponente no quiso continuar interrogando al mencionado Maver.
A los siete días
del mes de noviembre del pasado año prestó declaración testimonial Juan Alberto Gaspari
( aclárase que se corresponde con aquél que suscribe los artículos periodísticos bajo
el nombre de Juan Alberto Gasparini).
En primer lugar
ratificó la autoría y el contenido de las misivas obrantes a fs 27 y 28, como así
también el artículo periodístico que en copia se encuentra agregado a fs 332.
De dicho acto se
desprende que conoció a Conrado Gómez en razón de las actividades vinculadas a la
juventud peronista y a la política en general, a través de amigos que tenían en común.
Fue secuestrado el
día 10 de enero de 1977 en horas del mediodía en
el despacho que Conrado Gómez poseía en la
Avenida Santa Fe en la intersección con la calle Rodríguez peña de esta Ciudad.-
Logró
individualizar a algunas de las personas que participaron de su aprensión, luego de
haberse encontrado en cautiverio en la Escuela de Mecánica de la Armada por un período
de veinte meses.
Entre ellos
destaca al Teniente de Navío Juan Carlos Rolón, quien le manifestó ser el jefe del
operativo; al Teniente de Corbeta Alberto Gonzalez Menotti, quien se encargaría
posteriormente de dirigir las torturas contra su persona; y el Capitán de Corbeta Jorge
Eduardo Acosta, quien en dicha oportunidad se identificó con dicho nombre y apellido y le
indicó que lo trasladarían hacia la ESMA.-
Encontrándose
privado de su libertad en dicha dependencia naval mantuvo varios contactos fugaces con Gómez, en los casos que eran autorizados por
los guardias del lugar.
En dichas
ocasiones solían conversar acerca de sus
estados de salud, o para saber que le habían hecho. Sin perjuicio de ello, en
una oportunidad Gómez le comentó que había
sido trasladado a la provincia de Mendoza, sin manifestarle el motivo de ello. Aclaró que
tales traslados eran practica habitual en la ESMA en los casos de detenidos que residían
en el interior del País.
Entiende que la
posible vinculación entre su secuestro y el de Conrado Gómez no implica que el grupo
operativo que participó en su detención haya sido el mismo que hizo lo propio con
Gómez.
Sin embargo
destaca que algunas de las personas que participaron de aquel operativo le hicieron saber
que se encontraban en el inmueble de Conrado Gómez desde el día anterior.
Por último, el
declarante indicó que tomó conocimiento de los hechos relacionados con los traspasos de
Cerro Largo S.A. y el posible desapoderamiento patrimonial sufrido por Gómez, a través
de los medios de comunicación.
No obstante ello,
expresó que era una práctica sistemática en la Escuela de Mecánica de la Armada, que
las personas privadas de su libertad en dicho centro clandestino fueran obligadas a
suscribir papeles en blanco o poderes - como en su caso- para el caso que el detenido
fuera propietario de algún bien, o a los efectos de establecer tal circunstancia. ( ver
fs 450/2)
A fs 454 lucen
agregados dos artículos periodísticos, relacionados con el hecho materia de
investigación en las presentes actuaciones, publicados en el diario
Página/12" de los días 6 y 8 de noviembre del pasado año, aportados por la
querella junto con el escrito glosado a fs 456/60.
El día veintiuno
de noviembre del pasado año se le recibió declaración a Susana Viau, periodista que
publicara los artículos antes citados. En primer lugar ratificó su autoría y el
contenido de cada uno de ellos. A continuación se explayó sobre su conocimiento respecto
a las diversos traslados de las sociedades, en cuyo origen se sitúa Cerro Largo S.A.
Señala que tres
años a la fecha comenzó una investigación vinculada a estos hechos en el marco de un
proyecto periodístico. De tal investigación tomó conocimiento de diversas
circunstancias que a continuación se detallarán.
En tal sentido,
conforme lo refiere la declarante tomó conocimiento que a través de operaciones
sucesivas a principios del año 1977 son secuestrados Victorio Cerutti -titular de una
bodega, y de alrededor de setenta años de edad-, el abogado Conrado Gómez y el contador
Hugo Palma, participantes en diversos grados de la sociedad denominada Cerro Largo que
administraba valiosos terrenos ubicados en la localidad de Chacras de Coria, provincia de
Mendoza.
La cadena de
secuestros tuvo su raíz el día 10 de enero del año citado con la desaparición de
Conrado Gómez, continuando en los días sucesivos los secuestros de Cerutti, Masera
Pincolini, y Palma.
A través de
distintas actuaciones judiciales compulsadas - en trámite por ante los tribunales de la
provincia de mención y en esta ciudad-estableció que
tales terrenos fueron transferidos a
terceras personas mediante la firma de diversas escrituras apócrifas en sus firmas, o
bien firmadas por los nombrados en cautiverio.
En estas maniobras
actuaron dos escribanos llamados Manuel Androníco Campoy y Oscar Maglie. Este último
escribano de la Prefectura Naval Argentina. También participó en este sentido el
escribano Sosa Moliné, vinculado con la desaparición de Fernando Branca.
Las terceras
personas beneficiarias en estas transferencias eran personas inexistentes. Ello se
encuentra corroborado en las actuaciones compulsadas, que dan cuenta que los registros
pertinentes no aportaron dato alguno al respecto de Federico Williams, Pascual Gómez,
Hers y Hector Ríos..
A través de estas
maniobras se conformó una sociedad denominada WILL RI SA en la que habría comenzado a intervenir el hijo del
Escribano Campoy.
Indicó que de
acuerdo a los testimonios colectados en las actuaciones judiciales señaladas, el
operativo que se llevó a cabo en el edificio donde Gómez poseía sus oficinas fueron
secuestradas varias personas. Duró varios
días, y por la noche cortaron el tránsito de la Avenida Santa Fe para cargar todos los bienes que se incautaron, entre
ellos un vehículo Ford Fairlane, conducido en ese entonces por el teniente Berrone, quien
cree se apodaba el Aleman.
Por otra parte
agregó que la sociedad Will-Ri SA continúa el loteo que tenía proyectado Cerutti, y los
nuevos integrantes de dicha sociedad, entre ellos el contador Naval Mario Cédola
-síndico titular- y Emilia Marta García -sindico suplente- iniciaron los trámites para
la urbanización de las tierras. Incluso Cédola manifiesta haber solicitado a tal fin un
crédito bancario a los efectos de llevar adelante tal actividad a la sucursal Panamá del
Banque de París.
La deponente
continúa con su relato manifestando que efectivamente tales tierras fueron urbanizadas y adquiridas por una sociedad denominada Misa
Chico integrada por Pedro Añon, quien había alentado a Massera para su proyecto político- el hermano de éste último y
uno de los hijos del ex Almirante.
En el año 1983
con la aparición del gobierno democrático y ya iniciados los juicios de restitución de
dichas tierras, la sociedad Misa Chico, cede sus derechos a las sociedades
Huetel, A y B consultores y a Enori.
Sostuvo la
declarante que los integrantes de estas sociedades eran personas vinculadas con el Grupo
político Guardia de Hierro que había establecido estrechos contactos con
Emilio Massera.
Al respecto la
declarante señaló que tales circunstancias obran en los autos que se sustanciaron ante
el Juzgado de Instrucción a cargo de Rodolfo Ricotta Denby, y que actualmente se reservan
en el Juzgado a cargo del Dr Nelson Jarazo.
Por otra parte,
destacó que tomó conocimiento que a Conrado Gómez lo habrían desapoderado de unos
caballos de carrera, que habrían quedado en manos de Aldo Maver, cuidador de equinos,
seguramente a cuenta de un tercero, no recordando la fuente de la cual obtuvo tal
información.
En igual sentido
recuerda que habría transferido bienes de una cuenta de Conrado Gómez a otra de una
asociación gremial, intervenida por oficiales de las Fuerzas Armadas.
Sobre esta
cuestión la mujer del nombrado habría efectuado las gestiones de rigor obteniendo una
copia del cheque correspondiente, el que le fue entregado a un oficial de las Fuerzas
Armadas que prometió prestarle ayuda, sin restituirle la documentación señalada. ( ver
fs 492/3)
A requerimiento de
este tribunal, Edgardo Luis Vidal Capitán de Navío Auditor de la Armada Argentina,
informó a este Tribunal los destinos y cargos desempeñados por Jorge Acosta, Juan Carlos
Rolón, Antonio Pernías, Ricardo Miguel Cavallo, Hugo Daniel Berrone y Jorge Carlos
Radice.
Del informe
señalado cabe resaltar que Jorge Acosta estuvo destinado a la ESMA durante el período
comprendido por los años 1977, 1978 y 1979.
Por otra parte
Juan Carlos Rolón ejerció la Jefatura del Servicio de
Contra inteligencia, durante los años 1977 y 1978.
Jorge Radice estuvo destinado durante el año 1978 a la
intervención de la Asociación obrera textil.
Por último,
habré de señalar que conforme se desprende del informe citado el Capitán de Corbeta
retirado Hugo Daniel Berrone falleció el día 4 de septiembre de 1998.-
El día
veintinueve de noviembre del pasado año se le recibe declaración testimonial a Miguel
Luis Bonasso.
Cabe destacar que
el nombrado manifestó desconocer las circunstancias específicas del secuestro de Conrado
Gómez y el presunto desapoderamiento de sus bienes.
Sin perjuicio de
ello resaltó que por diversos contactos con integrantes de la organización Montoneros
pudo saber que efectivamente el nombrado era un abogado exitoso de la provincia de
Mendoza, y formaba parte de la estructura de Finanzas de dicha organización, y como tal
resultó víctima del grupo de tareas 3/3.2 de la ESMA.
Conoce por
diversas investigaciones periodísticas que ese grupo se apropió de bienes de
desaparecidos como es el célebre caso de Chacras de Coria .
Idéntico
conocimiento posee respecto a la estructura delictiva en dicho grupo de tareas que se
dedicó a la comercialización de bienes de desaparecidos incluídos inmuebles.
A tal efecto
señaló que había por lo menos una inmobiliaria que funcionaba en la calle Zapiola de esta ciudad a cargo de un
familiar del entonces Teniente de Fragata Contador Jorge Radice que comercializaba tales
inmuebles.
Obra a fs 512 la
declaración testimonial prestada por Elisa Ernestina Miqueu de Nacarato, prima hermana de
Gloria Miranda.
De la misma se
desprende que efectivamente ésta última recibió una misiva de su marido Conrado Gómez
a los quince días aproximadamente de su desaparición.
En una oportunidad
la declarante recibió un llamado del nombrado a través del cual le solicitó que le
avisara en la escribanía de su marido, Mario Nacarato, que una persona iba a presentarse
a retirar un poder que había dejado en una oportunidad. Ese poder había sido trasladado
de la provincia de Mendoza por él o por su esposa, desconociendo su contenido.
Resaltó que dicho
poder fue entregado por su hija Mercedes Nacarato por ese entonces empleada en la
Escribanía de marras, a una persona que no se identificó.
El día once de
diciembre del pasado año prestó su testimonio en estos actuados Raúl Horacio Pourtale.
De lo expuesto por el nombrado se colige que en ningún momento estuvo asociado
profesionalmente con Conrado Gómez.
No obstante ello,
su cuñado Rubén Tomas Behunza (f) tenía una relación comercial con Gómez en torno de
la actividad equina. Por tal razón en el mes de enero del año 1977 su cuñado le
solicitó que le alcanzara a Gómez una serie de documentos relacionados a diversos
caballos.
Al arribar a las
oficinas del nombrado y tocar timbre fue atendido por una persona al que le explicó los
motivos de su presencia en el lugar, solicitándole que subiera a las mismas.
Al llegar a la
puerta, en forma sumamente rápida esta se abre y un individuo lo toma de ambos brazos
llevandolo al piso boca abajo. Pudo advertir solamente la presencia de gran
cantidad de personas muchas de la cuales portaban armas largas.
Luego de
efectuarle diversas preguntas, tales como si conocía al Dr Gómez, y cual era el motivo
por el cual se había presentado en el lugar, entre otras, y previo a requisar todas sus
pertenencias lo dejaron retirarse pasados unos treinta minutos.-
Obra a fs 532/3 la
declaración testimonial prestada por Gloria Josefina Miranda. De su testimonio se
desprende que Conrado Gómez había convenido con Ramón Vita un compromiso de
compra-venta de los departamentos ubicados en la Avenida Santa Fe. En aquel documento se
hacía constar que Gómez le entregaría en parte de pago un campo de su propiedad ubicado
en Maralle, provincia de la Rioja.
Conforme sus
dichos el día 10 de enero de 1977 Conrado Gómez fue secuestrado a través de un
operativo efectuado en el primer piso donde funcionaban sus oficinas, llevandose todo el
dinero que poseía en ese momento y diversa documentación.
Así también
señaló que la caja fuerte que se encontraba allí estaba llena de dinero -
aunque no puede precisar la suma de dinero
reservada en dicho lugar- y documentación, agregando que entre los documentos se
encontraban los planos de las tierras pertenecientes a la sociedad Cerro Largo S.A,
intregrada por Cerutti, Masera y Palma.
Por otra parte
expresó que las personas que intervinieron en el procedimiento se llevaron ropa,
utensillos de cocina, alimentos, los muebles - una mesa de directorio, sillas, sillones,
camas, mesas de luz, estufas, cuadros, la heladera, colchones- y un vehículo Ford
Fairlane.
Por último
añadió que luego de su secuestro, se intentó depositar un cheque en una cuenta que
Gómez poseía en el banco National City Bank a la orden de Héctor Rios endosado por un
Capitán de Corbeta, por un monto superior al que registraba la cuenta, motivo por el cual
el valor fue rechazado.
El día 26 de
diciembre del pasado año prestó declaración testimonial Ramón Abrales, quien cuidara
los caballos pertenecientes a Conrado Gómez en la localidad de Paso de los Libres.
Conforme surge del
relato del nombrado Conrado Gómez era propietario de aproximadamente 13 o 14 caballos
pura sangre de carrera, entre los que se encontraban Sir Raleigh, Alcazar, Banda Negra,
Rock Point, Supermacho, Argeles, Sir Nano, Dame Yi y Dame Violet.
En oportunidad en
que el declarante se encontraba en el hipodromo de Paso de los Libres, arribaron dos
vehículos Ford Falcon, con militares en su interior. El que se presentó ante
él dijo llamarse Ríos. Intentaron llevarse los ejemplares a la fuerza en dos camiones
que habían llegado también al lugar.
Por tal motivo el
declarante se dirigió hasta un destacamento militar donde es atendido por el Teniente
Coronel Medrano, quien no permitió el transporte de los equinos, que quedaron bajo la
custodia de Gendarmería Nacional por el término de 15 días.
Pasados esos días
regresaron nuevamente esos militares y le exhibieron una carta del Dr Gómez
donde le solicitaba que le hiciera entrega de los caballos, ya que de esa forma iba a
solucionar su problema de detención.
En razón de ello
Abrales hizo entrega de todos los caballos de Gómez que se encontraban en el lugar, salvo
uno de ellos que quedó en el Regimiento de Paso de los Libres.
Obra a fs 558 el
escrito presentado por el Jockey Club Argentino elevando
al tribunal la nómina de equinos propiedad de Conrado Gómez transferidos en fecha
posterior a su desaparición, junto con documentación en fotocopia de dichas operaciones,
correspondientes al ejemplar Dame Yi.-
El día
veintisiete de febrero próximo pasado dio su testimonio en las presentes actuaciones
María de las Mercedes Nacarato, del cual se desprende que luego de la desaparición de
Conrado Gómez, Gloria Miranda - prima hermana de su madre- se mudó a su domicilio.
Durante su
estadía se recibieron dos llamados telefónicos de Conrado Gómez, uno de los cuales fue
atendido por la declarante quien no recuerda la conversación que mantuviera en dicha
ocasión.
En una oportunidad
recibió un llamado telefónico de su padre, dandole aviso que por su escribanía, donde
la declarante trabajaba, pasarían a retirar un poder de Gómez.
Efectivamente se
presentó en la escribanía una persona, que no se identificó y solo dijo venir de
parte de Gómez a quien le hizo entrega de dicho poder. La forma en que vestía -
pantalón y camisa, portando una carterita- y su prolijidad - pelo muy corto-
no coincidía con la moda de esa época.
El día siguiente
fue escuchada en el tribunal Graciela Daleo quien,
según su testimonio, fue secuestrada el día 18 de octubre de 1977 por un grupo de
hombres de civil fuertemente armados pertenecientes al Grupo de Tareas 3.3.2 que operaba
con asiento en la ESMA, siendo trasladada a ese centro de detención, lugar donde fue
torturada por distintos miembros de la Armada Argentina - Antonio Pernías alias
Rata, Martín o Trueno, y Francis William Whamond alias Pablo o
Duque.
En primer término
fue alojada en el sector denominado Capucha pasando posteriormente a formar
parte del grupo de prisioneras seleccionadas para el proceso de
recuperación, lo que le permitió transcurrir su cautiverio en distintas
dependencias del sótano y luego en el sector denominado Pecera ambos dentro
de la ESMA.-
Tal circunstancia
le permitió conocer parte de la estructura organizativa del Grupo de Tareas (GT). La
estructura interna del GT incluía tres sectores - inteligencia, operaciones, y
logística-. Ninguno de estos tres sectores era estanco en lo que se refiere a sus
actividades.
Así los
integrantes del sector investigaciones, cuya actividad radicaba en realizar tareas de
investigación, y ejecutar torturas, entre
otras, también solían secuestrar personas.
Por su parte los
miembros del sector operaciones llevaban adelante los secuestros, y el patrullaje de las
calles con autos no identificados.
Por último, el
sector logística se avocaba a la administración de los bienes que eran apropiados a los
secuestrados, amen de dedicarse al mantenimiento propio de la estructura del Grupo de
Tareas.
Asimismo,
manifestó que el capitán de corbeta Carlos José Paso fue el jefe de este último sector
hasta el mes de septiembre aproximadamente del año 1978. Otros integrantes de este sector
eran el Teniente de Fragata Jorge Radice, alias Ruger o Gabriel-
que además de llevar adelante las actividades típicas de este sector, era un eximio
tirador que participaba activamente en los secuestros-, el Teniente de Navío Alejandro
Spinelli alias Felipe, y el Teniente de Fragata Nestor Omar Savio Alias
Norberto o Alcón.
Destacó que en el
tercer piso de la ESMA además de las ya mencionados Capucha y
Pecera había un sector denominado Pañol grande donde se
acumulaba inmensa cantidad de objetos robados de las casas de los secuestrados. Por otra
parte en el sector denominado Pañol Chico, ubicado dentro de
capucha se acumulaba la ropa robada a los prisioneros.
Por lo menos en
una oportunidad la declarante observó la forma qne que era vaciado el pañol
grande ordenando los objetos en el playón del casino de oficiales.
Por comentarios de
los mismos represores la nombrada conoce que dichos objetos eran vendidos, en
beneficio propio de los secuestradores. Tal decisión no era adoptada por cada
uno de los miembros de esta estructura sino que provenía de la conducción del Grupo de
Tareas, destacando que el jefe máximo de la Escuela de Mecánica de la Armada era Ruben
Jacinto Chamorro, el Jefe del Grupo de Tareas era Jorge Raúl Vildoza, Jorge Eduardo
Acosta comandaba el sector Inteligencia, mientras que Enrique Yon y Jorge Perren lo eran
del sector operaciones.
Continuó su
testimonio refiriendo que el apoderamiento de los bienes inmuebles de las personas
privadas de su libertad en el centro clandestino de detención señalado se lograba
obligando a aquellos a firmar de diversos
documentos, tales como poderes, en favor de algún represor , generalmente con
identidad falsa que obtenían a partir de los documentos que se falsificaban en el interior del centro de detención.
Conoce la
declarante -por los comentarios que hacían los miembros de la Fuerza- que llegaron a
montar una inmobiliaria en el barrio de Belgrano, a los efectos de vender parte de esos
bienes.
Supo, ya en
libertad que en una propiedad de un familiar de Radice ubicada en la calle Zapiola a la
altura del 3500 se desarrollaron actividades de estas características a partir del año
1979.
Asimismo, destacó
que en una oportunidad, durante su cautiverio, Alfredo Astiz, alias rubio o
Ángel dijo que durante el año 1977 había viajado a la provincia de Mendoza
con una identidad falsa y un documento apócrifo, llevando dinero para una operación
vinculada a unas tierras relacionadas con la Sociedad Cerro Largo.
A continuación la
testigo refirió que si bien no tomó contacto con Gómez en el interior de la ESMA supo
de su secuestro a través de Juan Gasparini quien fuera capturado en el domicilio de
aquél.
En igual sentido
tomó conocimiento del secuestro de Omar Masera Pincolini y Victorio Cerutti en la
provincia de Mendoza y del Contador Horacio Palma en la provincia de Buenos Aires.
Tales personas son
de su conocimiento toda vez que se encontraban vinculadas a la Bodega Calise donde la
declarante trabajó.
El día 6 de marzo
próximo pasado se llevó a cabo el allanamiento de la Sede del Jockey Club Argentino,
oportunidad en la que se logró el secuestro de diversa documentación relacionada a las
transferencias del ejemplar Dame Yi propiedad de Conrado Gómez, conforme se
desprende del acta labrada en su oportunidad, glosada a fs 596.-
Asimismo, se
agregaron a fs 598/601 fotocopias del informe remitido por el Jockey Club Argentino el
día 16 de marzo de 1984 a la Comisión Nacional sobre la Desaparición de las Personas,
del cual surge una nómina de ejemplares equinos que habrían sido propiedad de Gómez.
El día 30 de
marzo del corriente año se dispone un nuevo allanamiento de la sede de la Entidad citada,
lográndose el secuestro de documentación relacionada con distintos caballos sangre pura
de carrera, cuyo detalle obra en el acta de
fs 635 a la que me remito en honor a la brevedad.
Obra a fs 795/7 el
testimonio de Federico Gómez Miranda, oportunidad en la que aportó documentación que en
fotocopia obra a fs 639/794 a la que me referiré en parte en los párrafos siguientes.
Por otra parte en
lo que respecta a las declaraciones prestadas por diversas personas que en copia fueran
aportadas por Federico Gómez, han sido analizadas habida cuenta que las mismas se
desarrollaron en el marco de las actuaciones judiciales que llevan el n° 3598, y que en
calidad de copias certificadas corren por cuerda a la presente.
Ahora bien, en
esta oportunidad el declarante efectúa una serie de indicios que hacen suponer de las verdaderas identidades de diversas personas que
habrían utilizado nombres supuestos a los efectos de provocar el desapoderamiento de los
bienes de Conrado Gómez, apoyándose en la documentación a laque se hiciera referencia
precedentemente.-
A continuación se
enunciaran cada uno de aquellos indicios introducidos por el declarante.
En primer lugar,
se señala que la firma de Juan Héctor Ríos obrante en la transferencia del caballo Dame
yi es idéntica a la que el nombrado utilizara en la constitución de Will-RI SA que se conforma con las iniciales de su
nombre. Dicha sociedad es creada a los efectos de desapoderar a los legítimos dueños de
la sociedad Cerro Largo SACIA.
En dicha
oportunidad aportó copia del acta de constitución de la sociedad WILL RI SA, de la cual
surge que fija su domicilio en la calle Besares 2025 de esta ciudad, identico al fijado
por Ríos en otra transferencia de un caballo sangre pura de carrera propiedad de Gómez
denominado Sir Raleigh.
Dicha sociedad fue
constituida por ante el Escribano Sosa Moliné, en cuya escribanía trabajaba el notario
Arnaldo Dárdano, notario que certificó la firma de Gómez en los traspasos de dominio de
los equinos a la persona identificada como Juan Héctor Ríos.
También trabajaba
Emilia Marta García en la escribanía de Sosa
Moliné, quien habría ejercido el cargo de Síndico suplente, síndico titular, y luego
accionista de la Sociedad WILL RI.
Asimismo, destaca
que de la declaración de Mario Cédola - según el declarante, oficial retirado de la
Marina, compañero del Ex Colegio nacional de la Plata de Emilio Massera y posterior
testaferro de éste- que aportó a la instrucción, surge la descripción física de
Williams y de Ríos, a quienes identifica como Willliam Whamond y Jorge Radice.
Sindica a éste
último como el oficial de la Armada que montó una inmobiliaria en la casa de sus padres
para vender los bienes inmuebles robados a los secuestrados en la ESMA.
A su vez Radice,
conforme los dichos de Miriam Lewin- cuyo testimonio prestado en la causa 13/84 del
registro de la Excelentísima Cámara del Fuero fue incorporado por el declarante- fue el
secretario personal del Jefe fáctico de la ESMA Jorge Acosta.
Agregó que las
descripciones efectuadas por Cedola como por Emilia Marta García son coincidentes en sus
aspectos físicos e intelectuales del falso Ríos.
Por otra parte
aporta copias de dos artículos cuya autoría se le atribuye a Juan Carlos Gasparini
titulados Massera el comandante insolvente y la insolvencia del
Comandante cero publicados en el diario Clarín, a través de los cuales afirma que las personas que utilizaban los nombres
supuestos de Williams, Rios , Felipe Pagés y
Pascual Gómez son Francis William Whamond, Jorge Radice, Alejandro Spinelli y Hugo
Berrone respectivamente.
A continuación
destaca que los testimonios de Lisandro Raúl Cubas y de Adolfo Scilingo, darían mayor
fuerza a la presunción establecida en ordena a la verdadera identidad de Ríos.
Retomando la
cuestión introducida en lo que respecta a la constitución y posteriores actividades
llevadas adelante por Will RI SA señala que
el Contador Ricardo Oyola intervino en tales actividades. El nombrado se domiciliaba en la
calle Jaramillo, en las inmediaciones de la finca donde habría funcionado la inmobiliaria
comandada por Radice.
Resalta que en
virtud de las descripciones físicas enunciadas por Miriam
Lewin, el nombrado sería aquel primo que controlaba las actividades que se
desarrollaban en esa inmobiliaria.
A continuación
reitera el hecho relacionado con el intento de depositar un cheque en la cuenta de Conrado
Gómez, a pocos días de su secuestro endosado por un Teniente de Fragata Juan Héctor
Ríos, con un sello que lo sindicaba como interventor de la Asociación Obrera Textil.
Sobre este punto,
destaca que Jorge Radice durante el año 1977(SIC) actuó tanto en la ESMA como en la
Asociación Obrera Textil.
Por último
afirmó haberse entrevistado con Miguel Angel Lauletta, detenido en la ESMA quien le
expresó haber estado presente en dicho lugar al momento en que fuera secuestrado su
padre.
El nombrado
habría actuado como falsificador de documentos que
serían utilizados por los oficiales de la Marina. Al respecto le hizo saber a Federico
Gómez que había creado documentos falsos para el Teniente Radice, para William Whamond y
para el Teniente Alejandro Spinelli, precisando que efectuó un documento a nombre de Juan
Héctor Ríos para el primero de los citados.
El día dos de
mayo próximo pasado se le recibió declaración testimonial a Lisandro Raúl Cubas, quien
- conforme sus dichos- fuera privado de su libertad el día 20 de octubre de 1976, y
trasladado a la ESMA, donde quedó alojado hasta el día 19 de enero de 1979.
Destacó que luego
de dos meses de cautiverio, periodo en el cual fuera torturado por Jorge Acosta, Francis
Whamond y el Capitán Pernía, comenzaron a bajarlo esporádicamente al sótano donde al
principio dedicaba su tiempo a la transcripción de conversaciones telefónicas captadas
por la inteligencia de la Armada. Posteriormente a mediados del año 1977 fue ubicado en
una oficina ubicada en el sótano denominada oficina de acción psicológica.
Tuvo posibilidad
de conocer del secuestro de Conrado Gómez ya que en dicha oportunidad el Capitán Jorge
Acosta informaba eufóricamente por
los pasillos, esto no tenía límites y que habían conseguido las personas
que tenían la plata de la organización Montoneros.
Señaló que el
operativo efectuado el día 10 de enero en el estudio de Conrado Gómez -que arrojó la
detención, además de la del nombrado, de Juan Gasparini,
Manuel Hernández, y otras personas que no logró identificar- causó gran
conmoción entre los oficiales de la ESMA.
Sobre este punto
refirió el Capitán Acosta que habían encontrado una suma muy importante de dólares,
calificando tal hecho como el golpe definitivo para Montoneros, circunstancia
que fuera ratificada por el imputado Rolón al momento de prestar declaración
indagatoria.
Refirió que
posteriormente tomó conocimiento que un oficial de la Marina apodado el
Alemán comentó que había viajado a la
Ciudad de Mendoza a realizar una operación que se había frustrado ya que había sido
detenido por efectivos del Tercer Cuerpo del Ejercito en virtud de utilizar documentación
apócrifa.
Tal circunstancia
modificó sensiblemente la relación entre los oficiales de la ESMA y el Ejército
Argentino. En ese sentido Acosta manifestó que el
conflicto con tal Fuerza radicaba en una supuesta investigación que el Tercer Cuerpo del
Ejercito de dicha provincia estaba efectuando respecto al dinero de la organización
montoneros.
Por otra parte,
destacó que durante el período de cautiverio, pudo observar como Jorge Acosta y Jorge
Radice obligaban a Victorio Cerutti - de 55 a 60 años de edad- a suscribir diversa
documentación.
Así también
resaltó que en una ocasión tuvo la posibilidad de conversar con Conrado Gómez en uno de
los baños. Éste último le hizo saber quien era, indicandole que creía que iba a
zafar puesto que había firmado una serie de documentos que permitirían
transferir sus propiedades.
Recuerda esta
circunstancia especial, toda vez que luego de lograr su libertad, su actual pareja,
Rosario Evangelina Quiroga, le comentó que conocía al Dr Gómez en virtud de su
profesión.
Asimismo, al igual
que Gómez, Quiroga fue despojada de un
inmueble de su propiedad, sita en la localidad de Munro provincia de Buenos Aires.
A tal fin fue
trasladada por Ruger a una inmobiliaria ubicada en el barrio de Belgrano
donde firmó unos papeles ante un escribano que no identificó.
Continuó su
relato indicando que el grupo de logística, encargado de perpetrar estos
desapoderamientos, estaba conformado, entre otros, por Alejandro Spinelli, Un Capitán que
denominaban Paso, el Teniente de Navío Radice y una tercera persona que no logró
identificar.
El declarante
logró individualizar a algunos de los oficiales que prestaban servicio en la ESMA en
virtud del prolongado período de cautiverio dentro de dicho centro de detención. En lo
que respecta a Jorge Acosta el nombrado destacó que aquél se hacía llamar por su
nombre. Por su parte Jorge Radice que utilizaba los seudónimos Ruger o
Gabriel fue identificado por el deponente a través de los medios de comunicación,
como así también a través de la vivencia de Rosario Evangelina Quiroga, y el comentario
de otras personas privadas de su libertad en aquel lugar.
Presume que Juan
Carlos Rolón participó del secuestro de Conrado Higinio Gómez, de momento que el
nombrado entró a la ESMA junto con Jorge Acosta en oportunidad que este último informara
eufóricamente que habían detenido a Gómez en su estudio jurídico.
Desconoce que
Jorge Radice hubiera utilizado el nombre falso de Juan Héctor Ríos a los efectos de
llevar adelante las maniobras de apoderamiento de bienes de detenidos - desaparecidos. No
obstante ello, destacó que oficiales de la Marina contaban con documentación falsa
creada en la ESMA. Tales actividades se encontraban a cargo de Miguel Angel Lauletta,
quien inclusive confeccionó los pasaportes falsos, por orden a Acosta, del declarante y
su pareja para que abandonaran el país.
El día cuatro de
mayo próximo pasado, en virtud de lo dispuesto por este tribunal se afectaron a las
presentes actuaciones una serie de protocolos de los Escribanos Ariel Sosa Moliné, y
Arnaldo Dardano, conforme se desprende del
acta agregada a fs 839.-
Adelanto que no
habré de expedirme a esta altura del decisorio sobre el valor probatorio de los mismos,
sino en oportunidad de efectuar un adecuado análisis de las maniobras que se cuestionan
en autos.
El día cuatro del
mismo mes y año este tribunal contó con el testimonio de Miguel Ángel Lauletta quien en
primer lugar afirmó que durante el período de cautiverio dentro de la ESMA confeccionó
documentos apócrifos
Destacó que fue
obligado a hacerlo bajo presión física, mediante las torturas recibidas, y psíquicas en
virtud de la situación en que se encontraba privado de su libertad en ese centro de
detención.
Por otra parte,
señaló que ha quedado acreditado en la
causa N°13/84 sustanciada por ante la Excelentísima Cámara del Fuero, no sólo
el trato que recibían los allí
secuestrados, sino también las atrocidades que se han cometido.
Por último destacó que era claro el mensaje en el sentido
que había que hacer lo que ellos ordenaban, o en su defecto se corría riesgo de perder la vida. A
continuación se enunciaran los hechos relatados por el declarante.
Fue secuestrado el
día 14 de octubre de 1976 por miembros de la ESMA. En su detención participaron Francis
Whamond alias Duque, el Subcomisario weber, alias 220", el sargento
de la P.F.A. Juan Carlos Linares, alías el Gordo Juan Carlos, dos oficiales
de la Marina, apodados Dante de apellido García Velazco, y el otro de
Apellido Savio, alias Halcón.
Cuando es
secuestrado en el domicilio de Gerónimo DAcosta,
se llevan consigo todo el material que tenía el servicio de documentación de la
organización Montoneros en esa época, es decir de logística de montoneros.
A la semana
siguiente se producen 70 u 80
detenciones de enlaces de la organización. A partir de allí, en virtud de los
interrogatorios y torturas, empiezan a determinar la forma de organización de montoneros.
Ello motivó la
detención de mas miembros de la organización, hasta que logran la caída
del sector finanzas de Montoneros y entre los secuestrados se encontraba Conrado Gómez.
Escuchó el
comentario de una de las personas que había participado del procedimiento quien
manifestó que se habían traído todo del estudio de Conrado Gómez, salvo una caja
fuerte que no pudieron bajar.
A partir del
momento que los oficiales de la Marina logran hacerse de la documentación en blanco que
poseía Montoneros, empiezan a falsificar documentos para sus operaciones
encubiertas.
El declarante era
una de las personas obligada a llevar a cabo tal actividad, junto con Marcelo Hernández y
a Emilio Dellasopa. A tal efecto se montó un laboratorio de fotografía y fotomecánica. En un principio se utilizaron aquellos documentos
secuestrados, y luego comenzaron a confeccionar los propios.
En ese momento se
produce un conflicto entre los oficiales de la ESMA con los miembros de inteligencia
naval ya que dependían de ellos para producir la documentación falsa.
Por tal motivo a
partir del momento que empezaron a fabricar sus propios documentos se produce la
independización de estos oficiales de aquellos.
En lo sucesivo, en
virtud de la necesidad de administrar los bienes de los detenidos, empezaron a
solicitarles a los que cumplían funciones en el laboratorio de documentación, documentos apócrifos ya con fines determinados.
A tal fin cita
como ejemplo el caso de Spinelli, quien utilizaba el nombre falso de Felipe Pagés, a
quien para casos concretos se le confeccionaban documentos con otros nombres.
Estos documentos
se realizaban con los nombres de personas
muertas o secuestradas. Se efectuaban
Documentos Nacionales de Identidad, pasaportes, registros de conducir, cedulas de
identificación del automotor, y registros de conductor internacional.
En principio se
utilizaban las cédulas de identidad confeccionadas por el Servicio de Inteligencia Naval
(SIN). Posteriormente se comenzaron a utilizar las que se fabricaban en la ESMA.
Recuerda casos en
que la documentación requerida se correspondía con operaciones concretas que los
oficiales de la Marina debían efectuar, como el caso de viajes al exterior.
En ese sentido, en
una oportunidad le ordenaron confeccionar documentación
para un viaje a Venezuela, ya que iban en busca de un empresario que residía en aquél
país.
En dicha ocasión
se realizaron juegos de documentación a
Jorge Perren alias El Puma. Por otra parte
a Astiz se le hicieron varios juegos de documentación, a nombre de Gustavo Niño -
para infiltrarse en Madres de Plaza de Mayo-, y otro a los efectos de actuar como esposo
de Silvina Labairu, a los efectos de anotar al hijo de ésta a su nombre.
Recuerda haber
confeccionado documentos para la mayoría de
los oficiales que revistaban en la ESMA.
Los documentos
eran confeccionados en el subsuelo de dicha dependencia naval, donde posteriormente se montó el laboratorio, en una salita
de material que también era utilizada como sala de tortura.
Por otra parte,
junto con dos secuestrados limpiaban el sótano. Por tal motivo tomó conocimiento del
secuestro de Conrado Gómez, en oportunidad
en que trajeran todos los bienes del nombrado, que los ingresaron por la puerta lateral de
aquél lugar, como así también pudo escuchar que no habían podido trasladar la caja
fuerte de su estudio por no contar con los medios, agregando que los oficiales estaban eufóricos por la suma de
dinero secuestrada
Destaca el
declarante que se montó una organización
destinada al secuestro y apropiación de los bienes que le iban secuestrando a Montoneros, conformada por tres oficiales de la Armada:
el Alemán, a quien nunca pudo identificar, otro llamado Diaz Venazi alias
Salomón y Radice alias Ruger o Gabriel, y tres detenidos
pertenecientes a la organización montoneros que fueron liberados llamados Federico
Ibañes, alias Ramón, Carlos Caprioli alias
el Chancho, y otro de apellido Paz.
Refirió que Jorge Radice poseía
una inmobiliaria en la calle Zapiola en la intersección de la calle Jaramillo de
esta ciudad. Por otra parte contaban con una vivienda
situada en la calle Ignacio Warnes entre las calles
Laprida y Lavalle, Florida, provincia
de Buenos Aires.
En esta última
acopiaban el material que se secuestraba a montoneros, destacando que allí contaban con elementos destinados a falsificar
documentos y chapas patentes, entre otras cosas.
A modo de ejemplo
Lauletta destaca que en ese domicilio le enseñó a la mujer de Jorge Eduardo Acosta a
confeccionar documentos falsos en razón del viaje que iban a realizar a Sudáfrica.
Por otra parte, el
deponente destacó que el primo de Radice, y éste último eran los que estaban a cargo de
la inmobiliaria. En una oportunidad, el testigo fue a esa inmobiliaria
encontrándose en el interior Antonio Nelson Latorre y Alfredo Busarino - ambos privados
de su libertad-, el primo de Radice y éste
último.
Recuerda que un
una ocasión lo trasladaron a una escribanía situada en Conde y Quesada en esta ciudad,
donde lo obligaron a suscribir un poder en favor
del detenido Paz,
Al orientar
nuevamente su relato al caso concreto de
Conrado Gómez, destacó que en una ocasión Francis Whamond, tal vez el
alemán, Radice y posiblemente Spinelli hablaban de un supuesto viaje que debían
realizar a la Provincia de Mendoza en virtud de las propiedades que había en esa
provincia de Finanzas de Montoneros.
Asimismo,
rememoró que a Marcelo Hernández lo trasladaron a dicha
provincia a hacerse cargo de una empresa que había montado los oficiales de la
Marina o que había sido apropiada, destacando que dicha firma al mando de Hernández habría
quebrado, circunstancia que fuera confirmada por hernández al momento de prestar
declaración testimonial.
Retomando su
relato en relación a la confección de documentación apócrifa, diferenció los que le
eran ordenados a efectos de ser utilizados en diversas oportunidades de aquellos
necesarios para operaciones concretas.
En el caso de
estos últimos les ordenaban confeccionarlos aportandoles la totalidad de datos
filiatorios que debían volcar en los mismos.
En los otros
casos, utilizaban un listado de nombres, muchos de los cuales correspondían a los socías
que habían sido conseguidos por Montoneros, y que habían sido secuestrados
junto con la documentación en blanco y los sellos.
Casi la totalidad
de los documentos a los que hiciera mención
fueron realizados luego de la caída de finanzas. La confección de la
documentación comenzó a producirse con mayor intensidad sobre el final del año 1976.
Si bien no se le
hacía saber al declarante el uso que se le iba a dar a dichos documentos, en razón del
tipo de documentación que le era ordenada confeccionar sumado a los comentarios que
pudiera oír, podía deducir cual iba a ser
el uso que le iban a dar a los mismos.
Al momento de
enunciar los documentos confeccionados por el declarante, destacó que a Francis William
Whamond le confeccionó un documento nacional de identidad a nombre de Francisco o
Federico Williams, entre el mes de diciembre de 1976 y febrero o marzo de 1977, período
en el que el nombrado contaba con cierto poder dentro de la ESMA. Recuerda puntualmente
este hecho toda vez que el nombrado vestía camisas con Monogramas FW.
Por su parte,
recuerda haberle confeccionado un D.N.I. y un pasaporte a Jorge Radice bajo el nombre de Juan Héctor Ríos, destacando que esta
identificación ya era utilizada por Radice, del mismo modo que Alejandro Spinelli
utilizaba el nombre de Felipe Pagés. Ambos provenían
de los padrones de la ESMA y no de los socias de Montoneros.
Cree recordar que
estos documentos fueron confeccionados en oportunidad
del viaje que habían programado con destino a Venezuela de los cuales recuerda alguno de
ellos. A cada uno de los oficiales les efectuó dos juegos de documentación
Rememora que al
momento de confeccionar estos documentos no pudieron imitar el sello que debía obrar en
la visa consular, razón por la cual tuvieron que hacerlo fuera de la ESMA.
Destaca que el
documento de Radice lo hizo aproximadamente entre el fin del año 1976 y principios del
año 1977.
Si bien expresa
haberle confeccionado otros documentos a Radice no recuerda los nombres supuestos, ya que
los mismos eran requeridos para casos muy concretos y debían hacerse en forma inmediata, a diferencia del otro que
formó parte de un gran pedido que hicieron, que constaba por otra parte de dos juegos de
documentos.
Por otra parte
indicó que a Carlos José Paso, alias León le hizo documentos falsos sin
recordar los nombres utilizados. En cambio expresa que bajo el nombre de Felipe Pagés
creó un D.N.I. y un pasaporte destinados a ser utilizados por Alejandro Spinelli que, al igual que Radice, ya utilizaba ese nombre supuesto Entre otras cosas
recuerda su nombre supuesto ya que a Spinelli se lo apodaba Felipe.
Señaló, sin
perjuicio de dejar constancia de la duda al respecto, que
a Néstor Omar Savio alías
halcón, le confeccionó un
pasaporte uruguayo
Manifestó haberle
confeccionado documentos falsos al Capitán Jorge Eduardo Acosta, alias Tigre, quien tenía intenciones
de crearlos personalmente. Por tal motivo cuando abandonó la ESMA se llevó consigo documentación varia en blanco.
Por último,
destacó que a Juan Carlos Rolón le hizo
documentos a mediados o fines de 1977.
En lo que respecta
a la producción de documentos, manifestó que cuando los oficiales de la Armada Argentina
decidieron confeccionar sus propios documentos en blanco, es decir los formularios, le
hicieron saber al declarante que tenía que
producir en su totalidad los documentos.
Por tal motivo,
les hizo saber que para llevar adelante tal actividad necesitaba de la ayuda de otros
detenidos. Toda vez que había trabado
relación con Marcelo Hernández y con Emilio Dellasopa, les planteó que debían ser
ellos dos los que lo podían ayudar por sus conocimientos en fotografía. Con esa base mas
las máquinas que compraron legalmente a la firma Dimagraf, armaron el laboratorio
fotográfico y el laboratorio de fotomecánica.
Así las cosas se
comienzan a producir las películas que hacen
falta para todo el proceso gráfico. Por otra parte, para el proceso de impresión se incorpora Emilio Lastra,
Juan Carlos García, y un detenido de apodo Chiquitín o chiqui. Ellos tres junto con Ricardo Coquet eran llevados a la imprenta del
Edificio Libertad de la Armada para imprimir los formularios de documentación en blanco.
Tal proceso era muy complejo el cual se desarrolló hasta el año1979 en que liberan al deponente.
A continuación se
explayó sobre cada uno de los pasos que se seguían en el proceso de producción de un
documento. En ese sentido refirió que cuando El tigre Acosta ordenaba hacer
un documento el declarante le indicaba a las
personas que trabajaban en fotografía que tipo de foto debían obtener según
lo requiriera el documento que estaban solicitando.
Posteriormente, el
laboratorio le entregaba un sobre con las fotos reveladas y se encargaba de
completar el formulario, pegarles las fotos y de ser necesario tomar la huella digital de
cada uno, en la mayoría de los casos, junto con su firma, y en otros casos ponía su huella directamente.
Para la obtención
de las fotos cada uno de los miembros de la ESMA se dirigía al laboratorio fotográfico a
extraerse la fotografía.
Destacó que en el
mes de enero de 1978 se incorporó una chica para
completar los formularios, que había sido secuestrada afines del año 1977 en el
Uruguay junto con su marido, y Jaime Dry, llamada Evangelina
Quiroga actual esposa de Lisandro Cubas, apodada Chiqui.
Refirió que Jorge
Acosta era el único que les ordenaba la confección de documentos, sin perjuicio que Savio también se encontraba a cargo de la
logística en este sentido, ya que Acosta tenía poder de conducción sobre éste.
Conforme los
dichos del testigo, a partir del secuestro de
Conrado Gómez, Victorio Cerutti y Horacio Palma, se ordenó la confección de gran
cantidad de documentos para lograr el apoderamiento de los bienes vinculados a estos
secuestros.
Continuó su
relato indicando que el Tigre Acosta forma una organización integrada por Diaz Venazi, el oficial apodado el
Alemán Radice y los detenidos Ibañez, Paz, y Caprioli. También participaban
esporádicamente Pernías y Perren.
Sin embrago los
primeros se avocaban casi exclusivamente a las actividades relacionadas con la
apropiación y transferencia de los bienes de los detenidos.
Por último,
Lauletta indicó que la línea de trabajo de los oficiales
de mención se orientó a apropiarse cuanto antes del dinero de montoneros.
Por tal motivo se empezaron a confeccionar mayor cantidad de documentos. No solo creció
la producción en cantidad sino en la diversidad de la documentación. Se empezaron a
fabricar cédulas del automotor de todo el país, pasaportes Uruguayos, credenciales de la
P.F.A. para oficiales y suboficiales, entre otros documentos.
El día nueve de
mayo próximo pasado se le recibió declaración a Miriam Liliana Lewin, pudiendose
destacar de su testimonio que fue secuestrada y trasladada a un centro de detención
ilegal de la Fuerza Aérea Argentina.
Posteriormente, en
el mes de marzo de 1978 fue trasladada a la ESMA donde permaneció privada de su libertad
hasta el día 19 de enero de 1979, en que le permitieron abandonar dicho centro.
Sin embargo a
partir de tal fecha fue obligada a trabajar bajo libertad vigilada en un
inmueble ubicado en la Esquina conformada por la intersección de las Calles Zapiola y
Jaramillo del Barrio de Nuñez, de esta ciudad, propiedad de los padres de Jorge Radice,
alias Ruger o Gabriel.
Conforme el relato
de la deponente, en dicho lugar se reservaba el material de archivo y bibliografía de la
pecera luego del retiro del Almirante Massera en el año 1978. En la finca
mencionada confeccionaban síntesis de prensa que se enviaban a las oficinas del ex
Almirante mencionado ubicada en la calle Cerrito 1136, junto con informes políticos que
efectuaba otro detenido llamado Nelson Latorre.
En dicha finca
también trabajaban bajo el mismo sistema dos detenidos llamados Alfredo Bursalino y
Adriana Marcus.
Los detenidos eran
vigilados por personal de la ESMA situado a escasa distancia de aquel lugar y visitados
frecuentemente por Jorge Acosta y esporádicamente por el Almirante Massera.
Señaló que en
diagonal a la finca, se ubicaba la vivienda de un primo de Radice, apodado
barleta que ejercía tareas de control sobre los detenidos.
Por otra parte,
indicó que otra mujer que había sido
secuestrada llamada Nilda Actis, desempeñaba
tareas en lo que llamaban la inmobiliaria ubicada en la Calle Ciudad de la Paz
en el barrio de Belgrano. Las tareas que desarrollaba eran administrativas inherentes a la
remodelación de las propiedades robadas a secuestrados en las que participaban
físicamente otros presos especializados en albañilería y carpintería.
Entiende la
declarante que debe haber existido otro inmueble donde se llevaban a cabo las operaciones
y donde se labraban y reservaban los documentos y escrituras,
toda vez que en ese lugar no existía registro alguno de esa etapa de tales operatorias.
Conforme lo
señalara Miriam Lewin, Nilda Actis - mientras estuvo alojada en la Escuela de Mecánica
de la Armada-debió trabajar en el
departamento de documentación. La obligaban a perfeccionar las filigranas de
las cédulas de identidad de la Policía. Este trabajo lo hacía bajo supervisión de
Miguel Ángel Lauletta.
Añadió que los secuestrados Daniel Lastra, Carlos Alberto
García y Alfredo Margari también
participaban en este proceso en la etapa de impresión, que se realizaba por lo general en
las primeras horas de la mañana en el
Edificio Libertad (ARA).
Por otra parte,
Marcelo Hernandez y Dellasopa alías el ingeniero estaban a cargo del
departamento de fotografía que también participaba en este proceso En una etapa posterior también trabajó en la
oficina de documentación la secuestrada María del Carmen Pisarello conocida como
Chiqui.
Destacó que todos
los detenidos tenían conocimiento que Jorge Radice estaba a cargo del manejo de los
recursos económicos del grupo de tareas de la Escuela de Mecánica de la Armada. Sin
embargo no le consta que el nombrado haya utilizado documentación apócrifa.
Sin perjuicio de
ello, reiteró que era práctica habitual de los oficiales de la Marina de manejarse con
documentación falsa y nombres supuestos.
En cuanto a los
bienes desapoderados a detenidos en el centro citado, Lewin destacó que Nilda Actis le
comentó que la habían obligado a vender un
departamento de su propiedad ubicado en las afueras de la ciudad de La Plata, como así
también un automóvil.
Por otra parte le
consta que existía en la dependencia naval citada un pañol lleno de muebles y
electrodomésticos robados a los secuestrados en los allanamientos ilegales y
prácticamente todo el mobiliario, libros, revistas, ropa de cama, vajilla, todo lo cual
era utilizado dentro del centro de
detención. Todos esos objetos eran
sustraídos por el Grupo de Tareas.
A su vez, destacó
que mas allá de los grados, el Capitán Jorge Eduardo Acosta era el máximo responsable y decidía todo lo que ocurría dentro de este
grupo. Reportaba directamente a Emilio Eduardo Massera por encima del Contralmirante
Chamorro y otros oficiales de mayor grado que él.
En ese sentido,
indicó que mientras Massera continuó al mando de la Marina y Jorge Eduardo Acosta a
cargo de la Escuela de Mecánica de la Armada, Radice respondía en forma directa a
Acosta. Una vez que Massera se retiró y Acosta dejó la dependencia citada, Radice pasó a ser el secretario y mano
derecha del primero.
A modo de
ejemplificar tal circunstancia destacó que Massera en sus oficinas de la Calle Cerrito
tenía a la derecha de su despacho a Radice y a su izquierda a su hijo mayor, resaltando
que ambos eran de máxima confianza.
Obra a fs 869/72
la presentación del Dr Hugo Roberto Mansueti, apoderado de la Asociación Obrera Textil,
oportunidad en la que hace entrega de dos resoluciones suscriptas por el Capitan de
Fragata Orlando Enrique Bolognani en su carácter de interventor de dicha entidad.
De una de ellas ,
fechada el día 2 de abril de 1976, se desprende que asumió las funciones de tesorero de
dicha Asociación el Capitán de corbeta contador Jorge Radice.
Asimismo se hizo
entrega de otra documentación cuyo detalle obra en la certificación actuarial agregada a
fs 873.-
Se agregó a fs
920/3 la ampliación de la declaración testimonial de Juan Alberto Gaspari. En esta
oportunidad, luego de ratificar los artículos periodísticos de su autoría incorporados
a estas actuaciones, expresó los medios a través de los cuales conoció los verdaderos
nombres de los oficiales que utilizaban nombres supuestos.
En tal sentido,
expresó que estando en cautiverio, contaba con indicios sobre los nombres supuestos que
éstos utilizaban, a lo que se le sumó la confrontación que efectuó con otros detenidos
en el mismo centro tales como Lisandro
Raúl Cubas y Rosario Evangelina Quiroga.
Destacó que de
tal forma logró establecer que Francies Whamond utilizaba el nombre de Mario Rodríguez y
Federico Williams, mientras que Alejandro Spinelli utilizaba el nombre de Felipe Pagés.
Por último, luego de averiguaciones que efectuara
en el Juzgado a cargo del Dr Baltazar Garzón en el Reino de España, determinó
que Daniel Berrone utilizaba el apodo de el Aleman.
Este último en
reiteradas oportunidades hacía mención que había viajado a la provincia de Mendoza
por las tierras de Chacras de Coria. En dicha oportunidad había sido detenido
por el Ejército Argentino, quedando privado de su libertad por el término de 3 días.
Se agregó a fs
938/96 documentación elevada por la inspección General de Justicia, requerida
oportunamente por el Tribunal a saber, acta de constitución de la Sociedad Chacras de
Coria S.A y actas notariales relacionadas con las sociedades Cerro Largo S.A y Misa Chico
S.A.
Se reitera que la
documentación relacionada con las diversas sociedades vinculadas con el hecho materia de
investigación en la presente causa, tendrán un tratamiento especial en virtud de su
magnitud probatoria.
El día 12 de
junio próximo pasado este Tribunal contó con el testimonio de Nilda Noemí Actis. Del
mismo se desprende que la nombrada fue privada de su libertad el día 19 de junio de 1978,
siendo trasladada a la Escuela de Mecánica de la Armada, permaneciendo en dicho centro de
detención hasta el mes de febrero de 1979.
En dicha fecha le
permitieron abandonar dicha dependencia, pasando a la situación de libertad
vigilada trabajando con miembros de la Armada hasta el día 16 de julio de 1979 en
que se le permite abandonar el país.
Durante su
cautiverio trabajó en el sótano de aquél lugar realizando actividades de pintura y
dibujo vinculadas con la confección de documentos apócrifos.
Recuerda que
Miguel Angel Lauletta completaba la documentación y falsificaba las firmas de las
autoridades que correspondieran. Por otra parte Carlos García y Chiquitín
hacían lo propio en el sector de impresión.
Afirmó conocer
que los oficiales de la Marina utilizaban los documentos que se falsificaban en la ESMA. A
modo de ejemplo, la declarante indicó que al momento de abandonar el país fue provista
de un juego de documentos falsos a nombre de otra persona.
Por otra parte
destacó que al poco tiempo de su secuestro fue trasladada a una oficina que no pudo
identificar donde debió firmar dos poderes en los cuales autorizó la venta de dos
departamentos situados en la ciudad de la Plata, provincia de Buenos Aires. Previo a ello,
la trasladaron a su anterior domicilio a los efectos que retirara las dos escrituras de
aquellos inmuebles.
Continuó su
relato manifestando que una vez que abandonó la Escuela de Mecánica de la Armada en
libertad vigilada la obligaron a trabajar en un lugar que denominaban la
inmobiliaria sito en la Calle Warnes 350/2 partido de Vicente López, en las que se
desarrollaban actividades vinculadas a la refacción de viviendas que habían sido
dañadas al momento de secuestrar a sus moradores, o bien a los efectos de mejorar el
estado de las mismas.
Conforme sus
dichos, Jorge Acosta y un oficial apodado Norberto comparecieron en una
oportunidad a la finca citada. Agregó que la persona que se encontraba a cargo de la
inmobiliaria se apodaba barbeta, pariente cercano de Jorge Radice, quien
vivía en la esquina conformada por la intersección de las calles Jaramillo y Zapiola, en
diagonal a otra oficina donde hacían trabajar a otros detenidos. Por otra
parte, señaló a mitad de cuadra sobre la calle Zapiola habrían vivido los padres de
Radice.
A su vez refiere
que en la vivienda ubicada en la calle Warnes trabajaban otros detenidos, que realizaban
actividades de albañilería, un arquitecto y un maestro mayor de obras.
Dicho lugar fue
abandonado intempestivamente, trasladando las actividades a un inmueble ubicado en la
calle Ciudad de la Paz1034 de esta ciudad, donde alquilaron una habitación en el primer
piso.
La deponente
refirió que en una oportunidad fue llevada por barbeta a una finca ubicada en
el Gran Buenos Aires que estaba siendo refaccionada. En dicha ocasión le fue dable observar en el frente de la vivienda
y en las paredes de una sala que daba a la calle muchos impactos de bala lo
que también le causaba gracia a Barbeta. (ver fs 1012/3)
El día 12 de
junio del corriente año, mediante rogatoria
de estilo, se procedió al secuestro de diversa documentación relacionada con
transferencias de ejemplares equinos presuntamente propiedad de Conrado Gómez, conforme
se detalla en el acta labrada en su oportunidad agregada a fs 1041.
Por otra parte, el
día veinticuatro del mismo mes se le recibe declaración testimonial a María Victoria
Gómez de Erice, hermana de Conrado Gómez. A
continuación se enunciaran los dichos vertidos por la nombrada de interés para estos
actuados.
La ultima vez que
mantuvo contacto con su hermano fue la noche del 24 de diciembre de 1976, oportunidad en
que le comentó que había adquirido dos inmuebles situados en al Avenida Santa Fe de esta
ciudad.
Enterada del
secuestro de Gómez, comenzó a realizar diversas gestiones junto con su cuñada,
presentando diversos recursos de habeas corpus. Luego de reiterados resultados
negativos, y enterada que Monseñor Graselli proporcionaba información sobre personas
desaparecidas, se entrevistó con el nombrado.
En dicha
oportunidad extrajo de un fichero una ficha con el nombre de su hermano y le dijo que
él tenía muchos bienes y que había vivido mientras había tenido bienes para
negociar, que después de ello había sido trasladado. La declarante tuvo en su
poder la copia del cheque que se había intentado depositar en una cuenta de Conrado
Gómez. El mismo estaba firmado por el nombrado a la orden de la Unión o Asociación
Obrera Textil, endosado a favor de José Héctor o Juan Héctor Ríos.
Tal copia fue
entregada a un primo - José Conrado Antonioni Gómez- actualmente Capitán Retirado,
quien viajó a esta ciudad a efectuar las averiguaciones pertinentes.
Tal valor nunca le
fue restituido a la familia de Gómez. Conforme le manifestara Antonioni Gómez, el mismo
le fue sustraído en esta ciudad.
A su vez Conrado
Gómez le había comentado a la declarante que había efectuado inversiones en la Sociedad
Cerro Largo S.A. por tal motivo cuando tomó conocimiento de las desapariciones de Cerutti
y de Masera tomó contacto con la esposa de éste último, Malu Cerutti, en el
entendimiento que estos hechos estaban vinculados entre sí.
La nombrada en una
oportunidad le comentó que Conrado Gómez había sido trasladado a la provincia de
Mendoza a los efectos de firmar un escritura o documento similar.
Por otra parte en
ocasión de haber viajado a esta ciudad, María Victoria Gómez se contactó con uno de
los albañiles que se encontraba trabajando en uno de los inmuebles citados. Aquél le
hizo saber que el operativo de secuestro de su hermano se había extendido durante todo un
día. En dicha oportunidad retiraron todos los bienes que se encontraban en el interior de
la vivienda, con la excepción de una caja fuerte que no habían podido trasladar.
Por último,
resaltó la correspondencia entre los dichos de Monseñor Graselli, y lo que efectivamente
sucedió. En tal sentido refirió que primero, al momento del secuestro se llevaron
todos los bienes que tenía en el departamento. Luego se llevaron los caballos, y lo
desapoderaron de diversos bienes a través de la firma de diversos documentos, e
intentaron llevarse el dinero que tenía depositado en la cuenta bancaria. Evidentemente,
cuando se le terminaron los bienes, terminaron con él. (ver fs 1053/4)
Se agregó a fs
1056/7 la declaración testimonial prestada por Ricardo Héctor Coquet, de la cual surge
que fue detenido el día diez de marzo del año 1977 quedando alojado en la Escuela de Mecánica de la Armada hasta el mes de
diciembre de 1978. Luego de un tiempo en que
se encontraba detenido en capucha, trabajó en el sector
diagramación, en algunas actividades del sector documentación e imprenta, y
efectuando trabajos de carpintería en el sector que posteriormente se conoció como
pecera.
En el sector de diagramación participaba en la
confección del informe cero que iba a ir al centro piloto de París, junto
con Graciela Daleo. En dicho lugar se encontraba diagramada la estructura de la
organización montoneros, donde dejaban constancia a su vez de las distintas
caídas.
Posteriormente,
como se adelantara, realizó actividades en el sector impresión. Las mismas consistían
en imprimir credenciales de la Policía Federal Argentina, y cédulas de identidad
masculinas y Femeninas.
Señaló que a los
efectos de hacer efectuar tales impresiones, Emilio Massera compró una
máquina que estaba ubicada en el Edificio Libertad. Por tal motivo eran trasladados a
dicho lugar utilizando una credencial en la que se leía credencial acceso
temporario Edificio Libertad que fuera entregada por el declarante en el mes de
febrero o marzo de 1987 en el Juzgado en el que se sustanciaron los autos conocidos como Causa ESMA.
Luego de haberse
construido la pecera, quedaron en
el subsuelo de la Escuela de Mecánica de la Armada pocas personas trabajando, entre las
que se encontraban García, Lauletta, Chiquitín,
Muzopapa y Marcelo Hernández.
El deponente
indicó que en una oportunidad en que Miguel Ángel Lauletta se encontraba ocupado en otra
tarea, tomó formularios en blanco de cédulas de identidad masculinas y femeninas,
formularios en blanco de credenciales de Policía Federal Argentina, y otro tipo de
documentación tales como carnets de periodistas, y alguna credencial del Jockey Club.
La documentación
que era falsificada se utilizaba con fines diversos. Las credenciales de Policía Federal
eran utilizadas para simular que las personas
que participaban de los procedimientos pertenecían a esa fuerza de seguridad.
Por otra parte,
destacó que los documentos destinados a acreditar la identidad de las personas eran utilizados para efectuar operaciones espurias, o para crear empresas,
viajar al exterior, entre otros fines.
Asimismo, refirió
que en el sector documentación, amen de la documentos señalados se confeccionaban
todo tipo de documentos, tales como licencias de conducir, DNI, y pasaportes.
Continuó su
relato expresando que durante el período en que se desempeñó en
diagramación, el tigre Acosta le ordenó que confeccionara
diplomas para los oficiales del grupo de tareas estable y rotativos . A tal fin le
entregó aproximadamente cuarenta diplomas en blanco junto con una lista de los nombres reales de cada uno de los
oficiales, sindicando las iniciales del
motivo de los diplomas, como por ejemplo, heroico valor en combate.Por este
motivo es que pudo determinar los nombres verdaderos
de muchos de los oficiales que dentro de la ESMA utilizaban seudónimos.
Sin perjuicio de
ello, el testigo señaló que con anterioridad a tal suceso ya había tomado conocimiento
del nombre de varios oficiales - Jorge Radice , el Tigre Acosta y el de
Francis William Whamond..
Agregó que tomó
conocimiento de la importancia de no develar los nombres verdaderos de los oficiales, ya
que en el momento en que el Tigre
Acosta le entregó ese listado, le expresó: Serafín esto es entre vos y yo, si vos
lo entregas a otro detenido, te vas para arriba, es mas si se enteran otros oficiales que
te lo dí a voz creo que yo me voy para arriba. Esto se lo tendría que haber dado a un
civil.
A continuación
Ricardo Coquet indicó que al final del año
1978 fue trasladado a una vivienda sita en la calle Estado de Israel 2207 de localidad de
Munro, provincia de Buenos Aires, junto con un carpintero apodado Fermín otro
apodado el Tio, y Rosita, su ex mujer cuyo nombre es Ana María
Soffiantini. En varias oportunidades era llevado a esa casa y por la noche volvía la
Escuela de Mecánica de la Armada.
Ese inmueble,
según sus dichos, había sido apropiado a un
detenido. En el mismo funcionaba una empresa que se llamaba SIDERCFORMA -Servicio integral
en decoración, reformas y construcción-, cuya documentación había sido confeccionada
en diagramación.
Al respecto
expresó que su madre fue prácticamente
obligada a simular ser presidenta de dicha sociedad. En una oportunidad se presentó junto
con ella en el organismo que registraba a las sociedades en ese entonces, acompañado por
Leon alias Parra y probablemente Radice.
Agregó que en la
vivienda mencionada se realizaban actividades vinculadas a la decoración, reformas y restauración de
viviendas. Por tal motivo trabajaban en el lugar carpinteros, un albañil y
Rosita que se dedicaba a la decoración.
Por último
requirió al suscripto hacer entrega inmediata de la documentación que contaba en su
poder, en virtud a su importancia y su temor que le fuera sustraída o extraviada.
Por tal motivo se
encomendó a una comisión de este tribunal, constituírse junto con Ricardo Coquet en su
domicilio a los efectos que hicera entrega de la misma.
Conforme surge del
acta agregada a fs 1060 en dicha oportunidad Coquet hizo entrega, entre otros documentos,
de cédulas de identidad de la Policía Federal Argentina -en blanco-, cédulas de
identificación del automotor, credenciales de dicha fuerza de seguridad y carnets de periodista profesional, y del Ministerio de
Relaciones Exteriores.
Se agregó a fs
1061/2 copia de la declaración testimonial
prestada por Carlos Alberto García ante la Excelentísima Cámara del fuero en los autos
13/84, remitiéndome a la misma, toda vez que no surgen elementos de interés para la
presente causa.
A continuación se
encuentra glosada la declaración prestada por María Victoria Gomez Erice ante el mismo
Tribunal de Alzada, destacándose que sus dichos son contestes con el testimonio brindado
en las presentes actuaciones.
Por otra parte se
incorporó a la presente el testimonio de Alfredo Julio Margari prestado en los autos de
referencia. Cabe destacar que conforme los dichos del nombrado, luego de encontrarse
alojado en el sector Capucha de la Escuela de Mecánica de la Armada, en
virtud de su profesión - Gráfico- debió trabajar en el sector de imprenta, vinculada a
la producción de una revista de contra inteligencia.
Al poco tiempo,
que no pudo precisar, el Capitán Acosta le informó que debía trasladarse a un taller gráfico en el barrio de
Barracas - junto con Carlos García y Daniel Lastra, durante el día, y durante la noche
debía cumplir con tareas en el subsuelo del Edificio Libertad, lugar donde se encontraba
ubicada una imprenta.
En este último
lugar confeccionaban diversos documentos apócrifos, tales como D.N.I. y cédulas de
identidad.
A fs 1074/88 luce
copia de la declaración testimonial prestada por Martín Tomás Gras Craviotto ante el
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Argentina en España.
Del extenso
testimonio brindado puede señalarse que el nombrado fue secuestrado el día 14 de enero
de 1977, por un grupo de personas vestidas de civil fuertemente armadas, siendo trasladado
a la ESMA.
En dicho lugar se
entrevistó con Francis Whamond, quien actuaba en aquel momento como Jefe de detenidos del
GT3.3.2, luego de lo cual, en virtud de haberse negado a aportar información, fue
sometido a torturas en la sala de máquinas.
Además de Whamond
y el Teniente Benaci alias Manuel o Turco Salomón, el Capitán de Corbeta
Jorge Eduardo Acosta Alias Tigreactuaba como Jefe de Inteligencia del Grupo de
Tareas.
Señaló que el
Teniente de Navío Antonio Pernía alias Trueno, Rata o Martín, el Teniente
de Fragata Gonzalez Menotti Alias Luis o el Gato, el Teniente de Fragata García Velazco
alias dante, y Jorge Perren, conformaban en un principio el grupo de oficiales
de inteligencia del Grupo de Tareas 3.3.2., quienes centralizaban los interrogatorios, las
torturas y las informaciones obtenidas por estos medios.
Por otra parte
destacó la existencia de un grupo operativo de oficiales, encargados de
secuestrar a los futuros interrogados. Esta sección se encontraba dividida en
permanentes y rotativos. Los primeros actuaban como fuerza de
choque, y estaba comandado por un oficial de la Armada, pero constituido en su mayor parte
por oficiales y suboficiales de la Policía Federal Argentina, Prefectura Naval y Servicio
Penitenciario Federal, a diferencia de los rotativos estaban constituidos
solamente por oficiales de la Marina, quienes cubrían períodos de noventa días en
tareas operativas para conocer el esfuerzo de guerra.-
Agregó que
algunos de los detenidos que permanecieron privados de su libertad en la Escuela de
Mecánica de la Armada, estuvieron divididos en dos grupos. El primero de ellos llamado
mini Staff formado por detenidos que colaboraban en las tareas represivas
tales como delación, inteligencia e infiltración.
Por otra parte el
otro grupo - que se denominaba Staff- participaba
en tareas no represivas, tales como logística, confección de informes de política
internacional, de prensa, entre otras cosas.
Se encuentra
glosada a fs 1090/96 la declaración testimonial prestada por Amelia María Larralde, por
ante la Excelentísima Cámara del Fuero en los autos N°761 hechos denunciados
como ocurridos en el Ámbito de la Escuela de Mecánica de la Armada.
Del aquel
testimonio se desprende que la nombrada fue secuestrada en 15 de agosto de 1978, siendo
trasladada a dicha dependencia de la Armada.
Lugar donde debió padecer torturas ejecutadas por diversos oficiales de aquella Fuerza.
De los dichos de
Larralde surge que en el mes de abril del año siguiente el Capitán Acosta le propuso ir
a trabajar a una casa ubicada en la calle
Zapiola, propiedad de la Familia de Radice, donde se desarrollaban tareas de información
sindical.
Asimismo, indicó
que se le permitió residir en su anterior domicilio concurriendo todos los días a dicha
finca a cumplir con sus tareas. En la vivienda trabajaban otros detenidos llamados Alfredo Bursalino , el
Pelado Diego, Mercedes Caraso y Adriana Marcus. Recibían la visita constante
de diversos oficiales tales como Fabre, Cavallo alias Marcelo o Sérpico,
Astiz, Acosta y Radice.
Se agregó a fs
1098/1109 la constancia de la declaración testimonial prestada por Carlos García, por
ante el Tribunal de Alzada en los autos 13/84, de cuyo testimonio se desprende que fue
secuestrado y trasladado a la ESMA el día 21 de octubre de 1977.
Posteriormente,
según sus dichos, debió trabajar en el sector imprenta junto con los detenidos Alfredo
Margari y Daniel Lastra, siendo trasladados a una empresa gráfica durante el día,
llevándolos posteriormente al Edificio Libertad a los efectos de proceder a la impresión
de D.N.I, pasaportes, cédulas de identidad, y pases
de Policía Federal, siendo controlados por el Capitán Acosta.
Obran a fs 1150/6
los informes remitidos por el Registro de la Propiedad Inmueble de esta ciudad respecto de
las fincas sitas en la calle Ciudad de la Paz 1034 - lugar donde habrían trabajado
detenidos en la Escuela de Mecánica de la Armada al servicio de oficiales de la Armada- y
de la Avenida Santa FE 1713 - inmuebles ocupados por Conrado Gómez hasta su
desaparición.
Por otra parte se
glosó la documentación remitida por la Inspección
General de Justicia, relacionada con la Sociedad
SIDERCFORMA, constituida por Nélida Haydee Rizzo y Ana María Soffiantini, en
carácter de presidenta y vice presidenta de la sociedad. Habré de explayarme al respecto
en oportunidad de ahondar en el análisis de las sociedades cuyos actos - desde su
constitución hasta los actos posteriores- se cuestionan en autos.
El día 17 de
julio próximo pasado se procedió al allanamiento del Colegio de Escribanos de la Ciudad
de La Plata provincia de Buenos Aires. De resultas de dicho procedimiento se secuestró el
protocolo notarial donde se encuentra reservada la actuación relacionada a la
constitución de SIDERCFORMA SA, en la que intervino el escribano Ramón E Vinagre,
conforme se desprende del acta agregada a fs 1232.-
Con fecha veinte
del mismo mes y año se le recibió declaración testimonial a Nelida Haydee Rizzo, madre
de Ricardo Coquet, quien en dicha oportunidad relató que encontrándose su hijo privado
de su libertad en el Escuela de Mecánica de la Armada recibió el llamado de un
militar a los efectos de hacerle saber que iban a trasladarse, junto a su hijo
a su vivienda.
Cuando se
presentaron en su domicilio, la persona que acompañaba a su hijo, presuntamente de la
Armada, la invitó a figurar como presidenta o vicepresidenta de una sociedad anónima junto
con Ana María Soffiantini, sin explicarle el motivo de tal invitación
Si bien no la
obligaron a hacerlo, la declarante entendía que lo que ella decidiera iba a influir sobre
el destino final de su hijo. Por tal motivo no se opuso a tal invitación.
Señaló que
posteriormente se dirigió a una escribanía ubicada en el Partido de Avellaneda,
provincia de Buenos Aires, donde le indicaron la documentación que debía suscribir. En
dicha ocasión le expresaron que Ana María Soffiantini ya había firmado la documental.
Por otra parte, la
declarante afirmó haber visitado la vivienda ubicada en la localidad de Munro Provincia
de Buenos Aires, con el objeto de contactarse con su hijo, donde los oficiales de la
Armada lo tenían trabajando, creyendo que en dicho lugar se llevaban a cabo
actividades relacionadas con la carpintería y la construcción. En dicha finca pudo
observar la presencia de Ana María Soffiantini y de un hombre mayor cuyo nombre
desconoce.
Por último, si
bien no pudo determinar que el acta de constitución de la Sociedad SIDERCFORMA que le
fuera exhibida se correspondiera con aquella que debió suscribir oportunamente, indicó
que posiblemente una de las firmas allí insertas haya sido efectuada por la declarante.
Se agregó a fs
1243/46 el informe de dominio remitido por el Registro Nacional de Propiedad Inmueble de
la Ciudad de Buenos Aires, de la finca sita en la calle Pringles 1282 piso 6°
departamento 35" de esta ciudad.
Por otra parte el
día 26 de julio próximo pasado se elevó a este Tribunal el informe producido por la
seccional 35a de la Policía Federal Argentina que da cuenta de las numeraciones
catastrales de los inmuebles ubicados en la intersección de las calles Jaramillo y
Zapiola de esta Ciudad.
Ahora bien, como
se adelantara oportunamente en virtud de lo dispuesto por este tribunal, se efectuaron
sendos allanamientos en diversas sedes del Jockey Club Argentino, a través de los cuales
se logró el secuestro de documentación relacionada con las transferencias de alguno de
los ejemplares equinos que fueran propiedad de Conrado Gómez.
Así las cosas
corresponde efectuar un detallado análisis de dicha documentación, destacando que se
hará mención exclusivamente de los datos que se desprendan de la documental, sin
efectuar a esta altura del decisorio un juicio de valor sobre la autenticidad o validez de
la misma.
En primer lugar a
través de la correspondiente solicitud de inscripción, en el mes de octubre de 1976 se transfirió el caballo denominado Al
Kashab al nombrado. Dicho equino fue transferido por este último a Juan Héctor
Ríos el día 7 de febrero de 1977, sin especificarse los datos filiatorios de éste
último, ni dejandose constancia de los medios a través de los cuales los nombrados
acreditaron su identidad, a diferencia de lo que puede advertirse de la primer
transferencia.
Por otra parte, la
firma de Conrado Gómez es certificada por el Escribano Arnaldo Dárdano el día 28 de
febrero de ese año.
Posteriormente se
presenta en el Jockey Club la solicitud de inscripción del ejemplar en cuestión en favor
de Aldo Maver. En este caso, se lee que Juan
Héctor Ríos fija domicilio en la calle Saavedra 2246 de esta ciudad, y es titular de la
cédula de identidad N° 5.207.196- sin especificar que fuerza de seguridad se la
otorgó-, mientras que Maver no deja constancia de su documento, estableciendo domicilio
en la calle Catamarca 2721, Martínez provincia de Buenos Aires.
Finalmente el día
18 de enero de 1978 éste último cede a Al Kashab a Enrique Carlos Villar, domiciliado en
la calle Vuelta de obligado 3753 piso 8° de esta ciudad.
En segundo
término, Conrado Gómez adquiere el equino denominado Banda Lisa el día 18
de octubre de 1976, el que es transferido por Miguel A Urquiza titular de la LE 4.985.278.
El día 7 de
febrero de 1977 Gómez transfiere dicho animal a Juan Héctor Ríos, careciendo tal
documento de cualquier otro dato concerniente a los datos filiatorios de éste último.
Nuevamente la
firma de Conrado Gómez fue certificada por el Escribano Arnaldo Dárdano el día 28 de
enero de ese mismo año-
Por último Ríos
transfiere Banda Lisa a la
Agencia Tresiete SCA representada por Alberto Iglesias Pallone. En esta ocasión Juan
Héctor Ríos sindica como domicilio el de la calle Solís 765 de esta ciudad.
Debe señalarse
que, conforme se desprende de los registros del Jockey Club Argentino, en el período en
que el equino pertenecía a Juan Héctor Ríos, Aldo
Maver contaba con autorización para correr tal caballo.
En tercer lugar,
Gómez adquirió el ejemplar equino Super Macho el día 12 de octubre de 1976,
transfiriéndoselo a Juan Héctor Ríos el día 7 de febrero de 1977. Al igual que en las
otras operaciones, la firma del primero fue certificada por el notario citado en la fecha
señalada, y Ríos fija su domicilio en la calle Solis 765.-
A continuación,
el día 22 de septiembre éste último cede el caballo a la Agencia Tresiete, representada
nuevamente por Iglesias Pallone.
Conforme surge de
la documentación afectada a estos autos, Aldo Maver registraba en el Jockey Club
autorización para correr dicho ejemplar el día 8 de agosto de 1977 la que le fue
retirada el día 22 de septiembre de 1977, fecha que coincide con la venta en favor de la
agencia citada.
El día 24 de
septiembre de 1976 Conrado Gómez adquirió el caballo denominado Sir Raleigh
al Jockey Club de Mendoza. Luego, el día 7 de febrero de 1977 dicho equino es adquirido
por Juan Héctor Ríos. Una vez mas la firma de Conrado Gómez se encuentra certificada
por el escribano Dardano. En esta oportunidad Ríos deja constancia que se domicilia en la
calle Besares 2025 de esta ciudad.
Con fecha 6 de
enero de 1978, Sir Raleigh es adquirido por Aldo Maver, quien constituye nuevamente
domicilio en la calle Catamarca 2721, Martinez, provincia de Buenos Aires, mientras que
Ríos lo fija en la calle Saavedra 2025 de esta ciudad.
Finalmente el
caballo es cedido a Juan Carlos Martínez el día 16 de enero de ese mismo año, es decir,
diez días después de la anterior operación. Fija domicilio en la calle Saavedra 2928 de
la Localidad de Martínez, provincia de Buenos Aires.
Asimismo, Conrado
Gómez adquirió el caballo denominado Dame Yi el día 24 de septiembre de 1976 al Jockey Club de
Mendoza, transfiriéndolo posteriormente a Juan Héctor Ríos ( 7/2/77). En esta ocasión,
como en las anteriores, su firma fue certificada por el Escribano Arnaldo Dardano. Ríos,
a su vez, cede el ejemplar equino a Aldo
Maver. En esta operación el primero de ellos fijó domicilio en la calle Maipu 1237 de la
Localidad de Vicente López, mientras que Maver lo hizo en la calle Catamarca 2721 de la
Localidad de Martínez, ambos provincia de Buenos Aires.
Se advierte,
también, Maver vendió a Dame Yi a Jorge E Dominguez y a Clemente Sañudo Freyre,
el día 26 de octubre de 1977.
En relación al
caballo sangre pura de carrera llamado Carlet cabe señalar que el mismo fue
adquirido por Aldo Maver el día 27 de julio de 1977 a una firma que no puede
determinarse, toda vez que el sello aclaratorio es prácticamente ilegible.
El día 26 de
agosto de 1980 Carlet es cedido a Andrés Bracco. En este caso la firma de
Maver se encuentra certificada por un escribano que suscribe la solicitud de inscripción
sin aclarar su nombre y apellido. Posteriormente
el equino es sometido a una nueva operación en favor de José Franco el día 5 de marzo
de 1982.
Por otra parte la
titularidad de los equinos Argeles y Play Card, conforme la
documentación secuestrada se encuentra registrada a nombre de Conrado Gómez quien los
adquirió el día 12 de octubre de 1976 y 24 de septiembre de ese mismo año
respectivamente.
El caballo
El Boom registra última titularidad de Rubén Tomás Beunza. Al respecto cabe
señalar que el nombrado, se habría encontrado vinculado comercialmente con Conrado
Gómez en relación a la propiedad de diversos ejemplares, conforme el testimonio de
Carlos Pourtale.
A su vez de la
documentación secuestrada se advierte que Conrado Higinio Gómez fue el último titular
del caballo denominado Bolcotaza, adquirido por el nombrado el día 2 de febrero de
1973.
Finalmente el
equino Rock Point tiene ultimo registro de titularidad en el Jockey Club de
Mendoza. Sin embargo de los registros del Jockey Club Argentino se desprende que Conrado
Gómez contaba con autorización para correr con fecha 4 de julio de 1973, mientras que
Aldo Roberto Maver la tuvo el día 17 de diciembre de 1980.
Por otra parte de
la publicación oficial del Stud Book Argentino, correspondiente al período del año 1977
al año 1980, se desprende que los ejemplares Banda Lisa y Super Macho fueron
exportados a la República de Panamá en el mes de septiembre del primer año mencionado.
Ahora bien, merece
especial atención los sucesos acaecidos en rededor de la Sociedad Cerro Largo SACIA, a partir del mes de enero de 1977, fecha en que
Conrado Gómez, Vitorio Cerutti, Masera Pincolini, y Horacio Palma habrían sido privados
de su libertad.
En tal sentido, se
efectuará un detallado analisis de los mismos, conforme las constancias colectadas en
autos, consistentes en las diversas actuaciones notariales que se incorporaron a estos
actuados, sin efectuar al respecto juicio de valor sobre la autenticidad material y/o
ideológica de dicha documentación, sino una simple enunciación de las constancias que
surjan de las actuaciones señaladas.
El día 30 de mayo
de 1973 Horacio Mario Palma y Elías Miguel son propuestos presidente y vice presidente,
respectivamente, de la Sociedad Cerro Largo SACIA.-
En tal carácter,
el día 19 de agosto de 1975, Horacio Palma aumenta el capital social de Cerro Largo SACIA
hasta el máximo permitido mediante la correspondiente emisión de acciones ordinarias.
Conforme se
desprende del acta de fecha ocho de enero de 1977, se desarrolla una asamblea general
ordinaria en presencia de los socios de Cerro Largo SACIA, quienes reúnen el cien por
ciento del paquete accionario de la sociedad.
En primer término
se designan a los socios Felipe Pagés y Mario Rodríguez con el objeto que suscriban el
acta que se labrara. Por otra parte se designa al síndico titular y al síndico suplente.
Así también se pone en relieve la
dura situación financiera por la que atraviesa el país lo que afecta a la
sociedad, en razón de lo cual se evalúa la disponibilidad de las tierras situadas en la
Localidad de Chacras de Coria, provincia de Mendoza, patrimonio de la sociedad.
Ese mismo día se
labra una nueva acta, en este caso de directorio, en la que por unanimidad se decide
designar a Felipe Pagés y a Mario Rodríguez, presidente y vice presidente de Cerro Largo
SACIA.-
Por otra parte se
resuelve fijar nuevo domicilio legal de la Sociedad en la calle Palpa 2594 piso 3°
C de esta ciudad.
Dicha acta se
encuentra suscripta por tres personas pudiendose inferir que dos de las firmas insertas
les pertenecerían a Mario Rodríguez y a
Felipe Pagés.
Asimismo, mediante
un acta - manuscrita al igual que las dos anteriores- que carece de fecha y lugar, Felipe
Pages y Mario Rodríguez, en virtud de los cargos que ostentan en la Sociedad de marras
resuelven conferir poder especial en favor del señor Pascual Gómez -titular de la
cédula de identidad de la P.F.A. N° 6.105.224-, con facultad para sustituir
para que en nombre y representación de la Sociedad realice la cosecha de todos los frutos
y productos y su posterior venta, practique inventarios de los materiales y elementos,
pudiendo también enajenarlos. Por último, se lo faculta para que venda por el
precio, forma de pago y condiciones que libremente pacte con los interesados, todos los
inmuebles de propiedad de la sociedad, ubicados en el territorio de la provincia de
Mendoza.
En virtud de lo
resuelto en las actas ut supraseñaladas, el día once de abril de 1977
comparece Felipe Pagés (titular de la CIPFA 2.628.802), en carácter de presidente de
Cerro Largo SACIA, ante el Escribano Ariel Sosa Moline a los efectos de conferir poder
general en favor de Pascual Gómez.
El presente poder
se encuentra registrado bajo la escritura número setecientos ( folios 1080/1083) del
registro del notario citado.
En razón de las
facultades otorgadas por la sociedad en cuestión Pascual Gómez - mediante escritura
número ochocientos, folios 1288/1292, del escribano Ariel Sosa Moliné- resuelve
formalizar un contrato de compra venta con Federico Williams ( titular de la LE
5.721.661), a través del cual Cerro Largo SACIA, por medio de su mandante vende en favor
de Williams dos inmuebles, de exclusiva propiedad, ubicados en el distrito de Chacras de
Coria del Departamento de Lujan de Cuyo,
provincia de Mendoza. Uno de ellos consta de una superficie de 16 hectáreas
aproximadamente, mientras que la superficie del segundo asciende a nueve hectáreas. El
precio por la operación se convino en cuarenta millones de pesos, recibidos por el
vendedor en ese acto.
Por otra parte se
dejó constancia que el inmueble señalado en
segundo término fue enajenado por Victorio
Cerutti el día 15 de octubre de 1975, a la Cerro Largo SACIA, por la suma de tres
millones de pesos que la sociedad se obligó a abonar el día 31 de diciembre de 1976.
Posteriormente,
dicha suma dineraria fue abonada por Cerro Largo, en razón de lo cual Victorio Cerutti
otorgó por tal importe, formal recibo, mediante escritura pasada al folio 12, protocolo
del año 1977, del registro notarial 569 de esta ciudad.-
Por último,
Federico Willliams manifiesta que la presente operación la realiza con dinero y
para la sociedad WILL-RI SA en formación, de la cual será socio fundador el
exponente, y la que una vez debidamente constituida aceptará la compra en las mismas
condiciones pactadas precedentemente.
El día primero de
julio de 1977 - mediante escritura mil ciento ochenta y dos, pasada al folio 1970/1973 del
escribano Ariel Sosa Moliné- Federico Williams, Juan Héctor Ríos, y Marco Adolfo Hers
resuelven constituir la sociedad denominada WILL-RI SA fijando su domicilio en
la calle Besares 2025 de esta ciudad.
Constituyen el
objeto de la presente sociedad actividades inmobiliarias , constructoras, comerciales y
financieras.
Se suscribe el
capital con el siguiente Cuadro: Federico Williams, dos mil acciones - 20 millones de
pesos-, Juan Héctor Ríos un mil acciones, al igual que Marcos Adolfo Hers.
Por otra parte se
designa presidente de la sociedad a Federico Williams, vice presidente Juan Héctor Ríos,
y director a Marcos Adolfo Hers.
Por último se
designa para integrar el órgano fiscalizador como síndico titular al Contador Público
Nacional Mario Alberto Cédola y como síndico suplente a la abogada Emilia Martha
García, a quien le confieren poder especial, junto con la Dra Elida García Elisequi.
El día 13 de
julio del mismo año, comparecen ante el Escribano Ariel Sosa Moliné Federico Williams,
Juan Héctor Ríos y Marcos Adolfo Hers, quienes en carácter
de miembros del directorio de WILL RI SA, otorgan poder general en favor del Dr Manuel
Andrés Campoy, atribuyéndole facultades amplias de administración de los bienes de la
sociedad, efectuar gestiones de administración, gestiones bancarias e intervención en
juicios.
Dicho poder se
encuentra registrado bajo la escritura mil ciento sesenta y nueve, pasada al folio 2047/50
del registro del escribano Ariel Sosa Moline.
Ahora bien,
conforme se desprende de la carta de intención fechada el día veinte de septiembre de
1977, Federico Williams, Juan Héctor Ríos, y Marcos Hers, en su condición de únicos
tenedores del capital accionario y también como únicos integrantes del directorio de
Will RI SA, con un capital de cuarenta millones de pesos, representadas por cuatro mil
acciones ordinarias al portador, las venderán, cederán y transferirán a Mario
Alberto Cédola y Emilia Martha García, operación que se llevará a cabo ante el
Escribano Sosa Moliné.
Por otra parte, el
día 17 de octubre de ese mismo año, se efectúa una reunión del directorio de WILL RI,
con la presencia del síndico titular Mario Alberto Cédola, en la que se resuelve
conferir las mas amplias facultades al gerente de la empresa Doctor Manuel Andres
Campoy a fin de que ejercitando el poder
general amplio que oportunamente se le confiriera, realice todos los trámites necesarios
para la obtención de un préstamo hasta la suma de sesenta millones de pesos en el
Banco de Previsión Social con sede en la Ciudad de Mendoza, a los efectos de obtener la
financiación necesaria para adelantar la infraestructura del loteo que la sociedad
posee en Chacras de Coria, Provincia de Mendoza
Dicho acto quedó
registrado bajo la escritura número mil quinientos quince pasada al folio 2792/3 del
registro notarial del escribano Ariel Sosa Moliné.
A los tres días
de la celebración de dicha reunión de directorio se celebra el contrato de compra venta
entre las partes señaladas, en el que se detalla que el objeto de este contrato lo
constituye la totalidad del capital social de WILL RI SA, el que es cedido, vendido y
transferido a Cédola y Garcia quienes lo aceptan de conformidad.
A continuación,
con fecha dos de diciembre de 1977, Mario Alberto Cédola y Emilia Martha García
comparecen ante el escribano Ariel Sosa Moline a los efectos que el notario proceda a
insertar en su protocolo la documentación ut supra señalada - es decir la
carta de intención y el contrato de compra venta- con el objeto de darle fecha cierta,
las que son transcriptas en la escritura numero mil setecientos treinta y cuatro, pasada
al folio 3015/3022 del protocolo de dicho
notario.-
Por otra parte de
la compulsa de los protocolos del escribano Ariel Sosa Moliné, que fueran secuestrados
del Colegio Público de Escribanos de esta Ciudad, se individualizó un poder general
amplio conferido por Victor Hugo Chousa a Felipe Pagés y Mario Rodriguez el día catorce
de enero de 1977, registrado bajo la escritura noventa y dos pasada al folio 137/40.
A través del
mismo se los faculta a practicar actos de administración, gestiones administrativas,
adquisición y enajenación de bienes que formen parte del mandante, y efectuar locaciones
sobre los mismos.
Asimismo, de la escritura número novecientos setenta y nueve
pasada al folio 1721/1722, de fecha nueve de junio de 1977, Juan Héctor Ríos en su
carácter de apoderado de Juan Carlos Muneta titular de la LE 8.430.361,- a mérito del
mandato que le confiriera por escritura N° 1064 de fecha 23 de diciembre de 1976, pasada
por ante el adscripto de Ariel Sosa Moline, escribano Manuel Esteban Quiroz, en el
registro notarial n°306.- expone que su
mandante es propietario del departamento designado como unidad funcional número
veintidós del segundo piso de la finca sita en ....esta Capital Federal, calle Belgrano
números 1651 y 1657"
A través de este
acto sustituye el aludido mandato que se le confiriera en favor de Pascual Gómez, a los
efectos que a nombre y representación de Muneta venda o transfiera el mencionado bien
inmueble.
Así también, se
advierte que a través de la escritura número novecientos setenta y seis pasada al folio
1713 del protocolo del escribano Sosa Moliné, fechada el día nueve de junio de 1977,
Juan Héctor Ríos dice que es propietario de varios caballos sangre pura de carrera, que a los efectos de todos los
trámites gestiones y diligencias que fueren necesarias para que los mismos actúen en
carreras programadas en cualquiera de los hipódromos del país, confiere poder especial
en favor de Aldo Maver, titular de la libreta de enrolamiento número 8.148.670....
Se han incorporado
como elementos probatorios a las presentes actuaciones diversas actuaciones notariales
efectuadas por el escribano Sosa Moliné que, si bien no guardan intima vinculación con
los hechos materia de pesquisa, habrán de ser de utilidad al momento de evaluar el plexo
probatorio de autos.
En tal sentido es
dable destacar los poderes generales amplios conferidos por Victor Hugo Chousa y por Juan
Carlos Munetta a Juan Héctor Ríos. Respecto a este ultimo habrá de señalarse que
conforme se desprende de las constancias de autos habría sido privado de su libertad y
alojado en la Escuela de Mecánica de la Armada, desconociendose actualmente su paradero.-
Asimismo se
agregó a estos actuados, la autorización para salir del país otorgado por Miguel Angel
Benazzi en favor de su hija. El nombrado, conforme los elementos de prueba colectados,
habría prestado servicios en el Grupo de Tareas con sede en la Escuela de Mecánica de la
Armada.-
Se incorporó
copia de la escritura de recibo en la que dio fe el Escribano Oscar Jorge Maglie, a
través de la cual Victorio Cerutti manifiesta haber recibido de Cerro Largo SACIA la suma
de dinero que se le adeudaba en virtud de la venta de un inmueble de su propiedad de nueve
hectáreas en el distrito de chacras de Coria, provincia de Mendoza.
Así también se
agregaron a las presentes copias de las actuaciones notariales pasadas a registro del
escribano Manuel Campoy Serpa de interés para la presente investigación.
Así puede
advertirse de las escrituras numero 50 y 51, que Wil
Ri SA, a través de su mandatario Manuel Andrés Campoy Gutierrez, vende a Misa Chico SA,
representada por Pedro Añon en su carácter de apoderado de dicha sociedad, un inmueble
sito en el distrito Chacras de Coria, departamento de Lujan de Cuyo, provincia de Mendoza,
de aproximadamente nueve hectáreas y treinta y un lotes situados en el mismo distrito.
Dichas actuaciones se encuentran fechadas el día 12 de junio de 1981.
Por último se
glosaron a la presente causa la protocolización de las ventas que efectuara Huetel
SA a A y B Consultores y a Enori SA de tres y veintisiete
lotes respectivamente situados en el distrito Chacras de Coria, Lujan de Cuyo Provincia de
Mendoza. Tales operaciones se habrían llevado a cabo el día doce de diciembre de 1986.-
Se agregaron a fs
1488/1512 las actuaciones labradas por el Departamento Delitos Complejos de la P.F.A. con
motivo de las diversas diligencias encomendadas por el Tribunal.
El día 10 de
agosto próximo pasado la División Scopometría de la Policía Federal Argentina elevó
al Tribunal los estudios periciales que le fueran oportunamente encomendados.
De los mismos se
desprende que la documentación que fuera aportada por Ricardo Héctor Coquet es
apócrifa, correspondiendo la mayoría de los documentos dubitados a modelos anteriores de cartulares.
Se estableció
pericialmente que las firmas que se le atribuyen a Conrado Higinio Gómez en las
solicitudes de inscripción de diversos ejemplares equinos en favor de Juan Héctor Ríos
pertenecen al puño y letra del nombrado, no pudiendose determinar que las mismas hayan
sido efectuadas mediante violencia o intimidación ejercidas sobre Gómez. ( ver fs
1519/47)
Se agregaron a fs
1574/ 1605 los informes de dominio que fueran solicitados por este tribunal al Registro
Nacional de la Propiedad Inmueble de esta ciudad.
De los mismos se
desprenden elementos probatorios que estimo corresponde enunciar.
En primer lugar
surge que la propiedad sindicada como unidad N°3 de la calle Jaramillo 3083/87 fue
adquirido por Augusto Carlos Radice mediante escritura de fecha 1° de noviembre de 1978.
Posteriormente el dominio de dicho inmueble recayó sobre Héctor José Radice y Norma
Berta Radice en virtud de la adjudicación por partición extrajudicial de fecha 1° de
diciembre de 1981.
En segundo lugar
se desprende que la titularidad del inmueble sito en la calle Jaramillo 3097 de esta
ciudad, fue registrada a nombre de Agustín Justo Radice mediante escritura de fecha 27 de
agosto de 1976.
En tercer lugar,
el domicilio sito en la calle Zapiola 3096 esquina Jaramillo se registró en primer
término a nombre de Filomena Celestina Mercedes Barbiero el día 28 de marzo de 1978.
Por otra parte el
inmueble sito en la calle Besares 2019/25 - entre las calles O Higgins y Arcos-
unidad N°1, posee el primer asiento de titularidad sobre el dominio de Juan Héctor
Ríos, conforme la escritura de fecha 14 de junio de 1978 presentada el día 21 de julio
de ese mismo año.
Los asientos
número 2 y 3 corresponden a certificaciones, mientras que en el número cuatro se deja constancia del nuevo
dominio del inmueble registrado a nombre de Dvantman Miriam Anita.
Idénticos
asientos obran respecto a la Unidad N° 2 de dicho inmueble, con la salvedad que mediante
asiento número siete se registra el condominio en favor de Horacio Eduardo Garayoa y
María Susana Pugliese, y finalmente mediante el asiento número nueve se registra el
dominio en favor de Norma Berta Radice.
Se agregaron a fs
1659/1703 las actuaciones labradas por el Departamento Delitos Complejos con motivo de los
diversos allanamientos que le fueran encomendados el día 15 de agosto próximo pasado.
El día 17 de
agosto próximo pasado se recibieron en Secretaría nuevos
informes de dominio de diversos inmuebles remitidos por el organismo ut supra mencionado a los que me remito en honor a la brevedad (
agregados a fs 1772/92.-
El día 22 del
mismo mes el Dr Freeland aportó al tribunal copia del curriculum vitae de su pupilo
procesal, Arnaldo Avelino Dárdano, como así también la carga histórica del registro
notarial N°306.-
El día siguiente,
se le recibió declaración testimonial a Marcelo Hernández de cuyo testimonio se destaca
que fue secuestrado el día 10 de enero de 1977 en el domicilio que ocupara Conrado
Higinio Gómez en la Avenida Santa Fe entre las calles Callao y Rodríguez Peña de esta
ciudad.
En tal sentido,
relata que ingresó al domicilio de Gómez aproximadamente a las 9:30 horas, momento en
que fue aprehendido, desconociendo el horario en que montaron la ratonera,
pero intuyendo que al ingresar al domicilio deben haber encontrado a Conrado Gómez
dormido.
Recuerda que en el
lugar ya había gente detenida, pudiendo percibir que luego de su aprehensión ingresaron
otras personas que eran reducidas, estimando que en dicho operativo se privó de la
libertad a aproximadamente ocho personas..
Agregó que el
último en arribar al domicilio fue Juan Alberto Gasparini, que era el jefe del
departamento financiero de la organización Montoneros.
Destacó el
declarante que él era el subjefe de dicho sector, mientras que el resto de los detenidos,
alrededor de cinco personas, eran miembros de bajo nivel que cumplían funciones de
correo.
Por otra parte
indicó que Conrado Gómez no estaba
encuadrado en la organización Montoneros, sino que era solamente un colaborador que les
prestaba asistencia legal. Es por ese motivo que el nombrado recibía un trato
preferencial al resto de las personas que se encontraban privadas de su libertad y se
encontraba separado del grupo.
Asimismo, señaló
que en el domicilio del nombrado sólo había reservado dinero de su propiedad, y no de la
organización, salvo el dinero que cada uno de los detenidos pudiere llevar consigo.
Siempre conforme
los dichos del declarante, en el procedimiento participaron el tigre Acosta,
quien comandaba el operativo, secundado por Francies Whamond, Juan Carlos Rolón, Pernía, otro oficial con cara de boxeador, y
Miguel Ángel Benazzi, alias Manuel o Salomón.
El deponente pudo
percibir una gran euforia que invadía a los oficiales de la Armada, motivada en la gran
suma de dinero que habían encontrado en el lugar, que originó disputas entre los
miembros en orden al destino que se le iba a dar al mismo.
Siguiendo
estrictamente los dichos del deponente, los
integrantes del grupo interviniente se apoderaron del vehículo de Conrado Higinio Gómez
y de Hernández.
Posteriormente el
nombrado es dormido mediante la aplicación de una inyección de pentotal, en virtud de lo
cual recobró el conocimiento en las instalaciones de la Escuela de Mecánica de la
Armada.
Hernández afirmó
que pudo ver a Conrado en dos oportunidades dentro del centro clandestino de detención,
sin lograr mantener diálogo alguno con el nombrado.-
Señaló que la
estrategia de Gómez para subsistir- aclarando que cada uno de los alojados en la ESMA tenía la suya- debe haber
sido la de entregar de a puchitos sus bienes para mantenerse con vida.
Así también el
deponente escuchó en algunas oportunidades comentarios relacionados con la apropiación
de los caballos que fueran propiedad de Conrado Gómez.
Agregó que en las
conversaciones que se mantenían dentro de la ESMA respecto a los bienes o dinero que se
apropiaban participaban los oficiales Acosta, Whamond, Pernía, Rolón, Menotti y
Radice.
Por la labor que
el declarante realizaba en la Organización Montoneros, tenía en su poder gran cantidad
de documentación relacionada con las finanzas de esa organización clandestina, que
quedaron en manos de los oficiales de la Armada.
Por tal motivo
debió suscribir, por orden de Radice, dos
misivas a las personas que tenían colocado el dinero a los efectos que éstos
entregaran a los portadores de las cartas los depósitos dinerarios en cuestión.
Manifiesta Hernández que Radice se encargó personalmente de recuperar tal dinero.
Expresó que
durante los primeros días de cautiverio fue trasladado a una oficina que alquilaba, a la
finca que habitaban sus padres y finalmente a la vivienda que él ocupaba.
Conforme sus
dichos, en los tres procedimientos participó Juan Carlos Rolón. El ultimo de ellos, es
decir el de su domicilio, se secuestró gran cantidad de dinero que el declarante tenía
bajo su custodia, calculando que entre los bolsos llenos de billetes y los
plazos fijos que se mencionaran anteriormente, se habrían apropiado de una suma que
oscila entre los quinientos mil y un millón de dólares.
Por otra parte de
este testimonio se desprende que el declarante durante su cautiverio trabajó en el sector
de fotografía junto con Emilio Dellasopa. Por tal motivo recuerda haber fotografiado en
diversas oportunidades a los oficiales Rolón,
Astiz, Benazzi, Pernía, Gonzalez Menotti, y Radice, a quienes se les confeccionó la
mayor cantidad de documentos en el centro clandestino de detención.
Al respecto
indicó que en muchas oportunidades dichos documentos eran utilizados para realizar
diversos viajes, recordando el declarante que los oficiales de la Armada emprendieron viajes a la República de Bolivia,
Venezuela, Méjico, Perú, Panamá España y Francia. Para cada uno de estos viajes le
eran solicitados tres juegos de documentación con nombres falsos.
En una oportunidad
-en razón de haber tomado contacto con un cuñado de Jorge Acosta en la ciudad de Puerto
Madryn quien poseía una casa de fotografía en dicho lugar- a los efectos de lograr una
mejor situación le ofreció al oficial de mención inaugurar una casa dedicada a dicha
actividad en la provincia de Mendoza, mientras que Dellasopa se ofreció a trabajar en la
inmobiliaria que habían montado en dicha provincia y que administraba las tierras
situadas en el distrito Chacras de Coria.
El declarante, al
igual que Dellasopa, tomó conocimiento de dicha inmobiliaria y de las
actividades que llevaban a cabo por los comentarios que los mismos oficiales efectuaran en
la Escuela de Mecánica de la Armada.
Transcurrido un
lapso de tiempo que el declarante no precisó, le hicieron saber que se iba a trasladar
junto con su familia a dicha provincia.
Señaló que si
bien el trabajaba en la casa de fotografía y no en la inmobiliaria, debía concurrir a
dicho lugar todos los días, ya que allí ellos habían formado su base, en la
que se había instalado Jorge Radice, agregando que allí trabajaba un chico de nombre
Ramón y un escribano.
Finalmente
transcurridos tres meses de su inauguración el deponente, en el entendimiento que el
emprendimiento de la casa de Fotografía no daba sus frutos regresó a esta ciudad donde
se contactó con Radice, en un inmueble sito en una calle paralela a la Avenida del
Libertador y muy cercana a la Escuela de Mecánica de la Armada a los efectos de
solicitarle que le permitieran emigrar del país.
Luego de una
espera de tres horas en la finca de mención Radice , previo a informarle que Acosta le
permitía abandonar el país, lo trasladó a la ESMA, donde se entrevistó con Acosta,
quien le hizo firmar un documento.
Señaló que
durante su cautiverio pudo observar en reiteradas oportunidades la presencia de dos
escribanos que se relacionaban con Radice.
El día
veintisiete de agosto próximo pasado, prestó declaración testimonial Mario César
Villani. De su testimonio cabe resalatar que el nombrado luego de haber sido alojado en
diversos centros de detención, fue trasladado a la Escuela de Mecánica de la Armada en
el mes de marzo de 1979.
Una vez ingresado
a dicha dependencia a los efectos de mejorar su situación le hizo saber a Juan Carlos
Linares, y a Miguel Ángel Cavallo alias Marcelo que era propietario de una
vivienda en la localidad de Ramos Mejía, Provincia de Buenos Aires.
En razón de ello,
Linares y Juan Antonio del Cerro alias colores ambos numerarios de la Policía
Federal Argentina, se encargaron de arbitrar los medios a los efectos de vender dicha
vivienda, la que se llevó a cabo por la suma aproximada de treinta mil dólares, de los
cuales cinco mil quedaron en poder de los nombrados. Deconoce el deponente el destino del
dinero restante.
Por último
señaló que probablemente haya conversado la cuestión de la venta de la propiedad con El
Capitán Luis Dimperio alias Abdala que oficiara de Jefe de Tareas al
momento que el declarante ingresara a la Escuela de Mecánica de la Armada.-
En la misma fecha
se le recibió nueva declaración testimonial a Marcelo Hernandez quien solicitó que se
llevara a cabo tal acto procesal a los efectos de ampliar sus dichos.
En esta
oportunidad el declarante efectuó algunas precisiones respecto de su anterior
declaración.
En primer lugar
señaló que la denominación WIL RI se correspondía a un juego de palabras
cuyo significado era Williams Ríos. Al respecto destacó que en el período en que Radice
se encontrara a cargo de la misma, utilizaba el nombre de Juan Héctor Ríos, no pudiendo
precisar si dicho nombre lo utilizaba con anterioridad.
Por otra parte
expresó que el nombre de Federico Williams era utilizado por Francies Whamond en la
Escuela de Mecánica de la Armada, aclarando que no recuerda haber visto al nombrado en la
inmobiliaria en cuestión.
Asimismo, el deponente indicó que Mario Alberto Cédola era
la persona que le daba instrucciones de trabajo a Emilio Dellasopa, a quien visualizó en
alguna de las oportunidades en que debía concurrir a dicho lugar.
Otras de las
personas que trabajaban en dicho lugar eran Manuel Andrés Campoy Gutierrez -quien
residía en una vivienda situada en el Distrito de
Chacras de Coria- y un chico llamado Ramiro.
Así también
refirió que el oficial Hugo Berrone alias
El aleman participó activamente en la recuperación de los plazos fijos que
el deponente había colocado, destacando que una de las personas que tenía
bajo custodia el dinero de mención era el escribano Marcelo Losada.
Expresó que
logró individualizar a dicho oficial, ya que era uno de los encargados de trasladarlo
hacia el domicilio de sus padres en las diversas visitas que le permitían efectuar.
Indicó que
Berrone, bajo el nombre de Pascual Gómez, fue detenido por el Ejército en un viaje que
había emprendido a la provincia de Mendoza, ya que también participó en la apropiación
de las tierras situadas en el distrito ut supra citado de la provincia de
mención.
Hugo Berrone,
conforme los dichos del testigo, era una persona extrovertida, hiperactiva, gesticulaba
mucho con sus manos, y hablaba en un tono elevado.
Así también,
Hernández apuntó que el oficial al que hiciera referencia en su anterior declaración, que poseía cara
de Boxeador, utilizaba el apodo de Dante y su apellido era García
Velazco.
Por último, y en
virtud de la pregunta que le formulara el Tribunal, el deponente señaló que entre otros
conformaban el grupo denominado mini staff la Coca Bazán, la
negrita Bonpland y Anita Dvtman. Agregó que según los comentarios que se
escuchaban dentro de la Escuela de Mecánica de la Armada las dos primeras estaban en
pareja con Chamorro y con el Capitán Jorge Eduardo Acosta respectivamente, mientras que
Dvatman sería hasta la fecha la pareja de Jorge Radice.
Tercero. Los
descargos:
En oportunidad de
prestar declaración indagatoria en los términos del artículo 294 del Código Procesal
Penal de la Nación Aldo Roberto Maver, expresó que conoció al Dr. Conrado Gómez en el
año 1969 en la Provincia de Mendoza y que tiempo después, cuando el Dr. Gómez decidió
traer sus caballos a Buenos Aires, trabajó como cuidador de los mismos y asimismo los
preparó para correr. Uno de esos caballos se llamaba Sir Raleigh.
Indicó que en una
oportunidad dejó de tener contacto con el Dr. Gómez y que a la semana siguiente, en
horas del mediodía, tres señores irrumpieron en su domicilio particular a bordo de un
automóvil marca Ford Falcon manifestándole
que el Dr. Conrado Gómez les había entregado los caballos a ellos...que fuera al
Stud Book argentino a comprobar el cambio de propiedad.
Señaló que tras
este acontecimiento intentó, a través del Director de la Revista La Fija,
Cacho Otero, ubicar al dueño de Sir Raleigh, que era en aquél entonces el
único caballo que continuaba cuidando, pero esta persona le indicó que no sabía nada de
él.
Manifestó que a
los tres o cuatro días de haber comprobado las transferencias de los caballos en el Stud
Book, recibió una nota del Dr. Gómez que decía, Aldito entregale los caballos a
éstos señores.
Sin embargo, como
el caballo se encontraba en condiciones de correr, les dijo a los supuestos propietarios
que podían hacerlo participar de la carrera, lo cual finalmente sucedió, ganando en el
hipódromo de La Plata.
A los cinco o seis
días de este acontecimiento, arribó a su stud del hipódromo de San Isidro un camión
del ejército lleno de caballos con otra carta del Dr. Gómez dónde señalaba las
características de cada uno de los equinos.
Continuó su
relato expresando que a los pocos días se presentaron el cuidador Juan Carlos Bianchi, un
señor de apellido Iglesias, que era exportador en la empresa Tresiete y otros señores
que eran extranjeros, que compraron algunos de los caballos, en tanto que, con relación a
los demás caballos, los supuestos propietarios le señalaron que no podían continuar
pagando la pensión de los mismos y que podía disponer de ellos.
Dijo que, aunque
es habitual el cobro de una comisión por parte del cuidador en las operaciones de compra
- venta de los caballos, en este ocasión no obtuvo dinero alguno a pesar de haberlo
reclamado.
Recordó que en
una ocasión un señor se presentó como Juan Héctor Ríos, respecto de la cual dedujo
que se vinculaba con las tres personas que se habían presentado en su domicilio,
agregando que tras habersele informado que no continuarían haciéndose cargo de la
pensión de los caballos, no volvió a ver a ninguna de estas personas.
Al haber sido
interrogado respecto de si tenía conocimiento que el Sr. Ríos se domiciliara en la calle
Besares 2025 de esta ciudad, describió en forma muy pormenorizada el sitio por el que un
día transcurrió a retirar un dinero para el mantenimiento de los caballos, coincidiendo
con la calle señalada.
Manifestó que
Ríos le dio alguna documentación cuando dispuso hacerle entrega de los caballos que no
podían continuar manteniendo, no recordando si estos consistían en un poder especial
efectuado ante escribano público. Asimismo reconoció como propias las firmas obrantes en
las solicitudes de inscripción de varios de los caballos que presuntamente le fueron
transferido por los supuestos propietarios.
Finalmente, tras
haber sido interrogado respecto de si conocía a algunos de los nombres del resto de los
encartados, como asimismo respecto de los supuestos nombres que habrían utilizado para
las operaciones de traspaso de bienes y respecto de las sociedades constituidas a tal
efecto, afirmó desconocer las en su totalidad.
En su ampliación
de fecha 4 del mes próximo pasado fue conteste con los dichos vertidos en su primera
declaración, agregando que ya en ocasión de haber tomado conocimiento de la
desaparición del Dr. Gómez, como asimismo de Cacho Otero, sintió temor porque presumió
que algo andaba mal.
En idénticos
términos prestó declaración Jorge
Carlos Radice quien se limitó a deslindar su
presunta responsabilidad en los hechos que se le atribuían en virtud del grado que
ostentaba en la Armada Argentina a la fecha en que sucedieron los mismos.
En tal sentido,
señaló que los hechos están motivados prima facie en obediencia estricta a las
órdenes que me fueran impartidas en virtud de lo cual sostuvo que era nula su
responsabilidad sobre las consecuencias.
Como podrá
advertirse en lo sucesivo, tal intento de deslindar su responsabilidad en los hechos que
se le atribuyen, queda trunco al ser contratado con el irrefutable plexo probatorio
colectado en autos.
Por su parte, Juan
Carlos Rolón al efectuar el descargo que nuestro ordenamiento ritual le concede, indicó
que fue destinado al grupo de tareas 3.3.2. en el mes de diciembre de 1976 por un período
de rotación de cuarenta y cinco días.
Asimismo de su
relato se desprende que en los primeros días del mes de enero de 1977 le fue ordenado
comandar una unidad de tareas para capturar al responsable de las Finanzas de la
Organización Montoneros en Buenos Aires, cuyo nombre de Guerra era Gabriel.
En ese sentido
señaló que posicionó en la vereda de enfrente al domicilio donde sería capturado el
nombrado a un marcador. una vez individualizado Gabriel fue aprehendido, y trasladado a la
Escuela de Mecánica de la Armada.
Así también
destacó que con motivo de dicho operativo se secuestró una bolsa que contenía dinero
que fue puesta a disposición del Almirante Chamorro.
Por último,
afirmó que el objetivo que le fuera ordenado se basó exclusivamente en la aprehensión
del individuo conocido como Gabriel, negando de tal forma participación
alguna en la privación de la libertad de Conrado Gómez.
Como se advertirá
a continuación, el descargo efectuado por el encartado no llega a conmover el plexo
probatorio que se ha colectado en autos en lo que respecta a su participación en los
hechos que se le atribuyen.
Por otra parte,
Jorge Eduardo Acosta al momento de prestar declaración en idénticos términos, solamente
efectuó un relato circunstanciado de diversos hechos que lo llevaron a sostener que fue
sometido a una persecución política y a una ingeniería judicial por la cual
está siendo perjudicado.
Así también
realizó una exposición de los alcances y efectos jurídicos que diversas normas tales
como la denominada obediencia debida producen respecto a su responsabilidad
sobre los hechos que se le atribuyen en la presente causa.
En oportunidad de
ser escuchado en autos, Francies Whamond negó enfáticamente
haber utilizado el nombre supuesto de Federico Williams, y
haber ordenado la confección de documentos falsos con otro nombre que no
sea el suyo.
A continuación
manifestó su intención de culminar con el acto procesal sin responder preguntas que
pudiere formularle el tribunal.
Por su parte, en
oportunidad de prestar declaración en los términos del artículo 294 del código ritual
Emilio Eduardo Massera, hizo uso del derecho negarse a declarar.
Sin perjuicio de
ello, en dicha ocasión presentó un escrito glosado a fs 221 al que me remito en honor a
la brevedad.
Por último, Jorge
Enrique Perren, en primer lugar ratificó la presentación que fuera glosada a fs 2051/2
por medio de la cual afirmó haberle encomendado a Juan Carlos Rolón la aprehensión de
Gabriel a quien individualizara como Juan Gaspari o Gasparini. Negó haber impartido la orden de detener a Conrado
Higinio Gómez a quien nunca conoció ni lo vio bajo ese nombre.
Asimismo, expuso
el procedimiento a través del cual se dispuso la detención del nombrado. En tal sentido
indicó que hubo una reunión para imponer esa misión a la que debe haber concurrido el
Director de la ESMA, en la que se le impuso en su carácter de jefe de operaciones del
grupo de tareas la captura de un posible terrorista ( Gabriel). A tal fin se organizó un
grupo a cargo del encartado Rolón quien ejecutó la misión.
En síntesis, del
descargo del nombrado se infiere que sólo tuvo participación en la aprehensión de
Gabriel desconociendo cualquier circunstancia relativa a la privación de su
libertad que sufriera Conrado Gómez.
Conforme se
expondrá en lo sucesivo, la estrategia del nombrado en tanto intenta circunscribir su
responsabilidad a haber ordenado la detención de Gabriel rechazando cualquier
relación entre este operativo y la aprehensión de Gomez, no resiste siquiera una mínima
confrontación con los elementos colectados en autos.
Cuarto.
Acreditación del hecho:
Ahora bien,
teniendo en cuenta el plexo probatorio colectado a lo largo de la presente instrucción,
que en forma detallada se enunciara en los párrafos precedentes, entiende el suscripto
acreditado con el grado de certeza que este estadio procesal requiere que en la fecha en
que se sucedieron los hechos materia de investigación, dentro de la Escuela de Mecánica
de la Armada funcionaba el Grupo de Tareas
3.3.2, cuya estructura interna se encontraba dividida en tres sectores - inteligencia,
operaciones, y logística-.
Así los
integrantes del sector inteligencia, cuya actividad radicaba en realizar tareas de
investigación e interrogar a los detenidos, entre otras, también solían
participar en los operativos destinados a detener a personas determinadas. Este grupo era
comandado por Jorge Eduardo Acosta, formando parte del mismo Francies Whamond, oficial de
la Marina retirado que ostentara una actuación de relevancia dentro de la ESMA a
principios del año 1977.
Al respecto se han
colectado gran cantidad de testimonios que dan cuenta del accionar de este Sector. En tal
sentido Graciela Daleo, quien habría estado privada de su libertad en dicho centro
clandestino de detención indicó ...la
tortura la llevaron adelante ...Antonio Pernías alias Rata,
Martín o Trueno y el Capitán de Corbeta (Re) Francis William Whamond
alias Pablo o Duque. También estuvieron presentes...Jorge
Eduardo Acosta. (fs 560/1)
En identico
sentido se explayó Lisandro Raúl Cubas al señalar que fue torturado en la Escuela de
Mecánica de la Armada por Jorge Eduardo Acosta, agregando que ...en las sesiones de torturas también participaron
el Capitán de Navío Retirado Francis Whamond y el Capitán Pernía.... ( fs
813/5)
Por su parte, del
testimonio brindado por Carlos Alberto García por ante la Cámara del Fuero en los autos
N°13/84 se destaca que pudo identificar a algunos de los oficiales que participaron de
los interrogatorios ...siendo ellos el
oficial de la Armada Pernía apodado Trueno, el oficial Sheller apodado
Mariano o Pingüino; el citado Astiz, el oficial Acosta apodado
tigre quien luego se enteró ejercía la autoridad dentro del grupo; el
oficial Whamond apodado Duque....
(fs 1061)
Por último, de
los dichos de Martín Tomás Gras Carviotto - quien prestó declaración por ante el Sr Embajador de la República Argentina en España
en relación a los autos citados en el párrafo precedente- se desprende que
encontrándose privado de su libertad en la Escuela de Mecánica de la Armada pudo...identificar como el Capitán de Corbeta
(Re) Francis Whamond, que actuaba en esos momentos como Jefe de detenidos del G.T.3.3.2"
agregando en otro tramo de su declaración que aparte de los antedichos Whamond ..., el que actuaba
como Jefe de Inteligencia del G.T., en esos momentos , era el Capitán de Corbeta Jorge
Eduardo Acosta, cuyo nombre de combate era Tigre, Santiago,
Anibal o Capitán Arriaga.
Por su parte los
miembros del sector operativo llevaban adelante los secuestros, y el patrullaje de las
calles. Esta sección se encontraba dividida,
a su vez, en miembros permanentes
y rotativos. Este departamento se encontraba al mando de Jorge Enrique Perren.
Sobre este punto
cuadra poner de resalto lo expresado por Graciela Daleo quien haciendo una exposición de
la estructura del GT 3.3.2 e indicando quienes comandaban cada uno de los sectores señaló ... Enrique Yon y Jorge Perren lo eran ( jefes) del sector operaciones....
Los primeros, es
decir los permanentes actuaban como fuerza de choque, y estaba comandado por
un Oficial de la Armada, pero constituido en su mayor parte por oficiales y suboficiales
de la Policía Federal Argentina, Prefectura Naval y Servicio Penitenciario Federal.
A diferencia de
aquellos, el grupo de rotativos
estaba constituido solamente por oficiales de la Marina, quienes cubrían períodos de
noventa días en tareas operativas para conocer el esfuerzo de guerra. Dentro
de esta facción del Grupo de tareas era relevante la participación en los operativos del
oficial Juan Carlos Rolón.-
Sobre este punto
resulta prudente resaltar los dichos vertidos por Martín Tomás Gras Craviotto, quien
efectúa un detallado relato del funcionamiento de este Sector, que coincide con lo
expuesto por Juan Carlos Rolón al momento de efectuar su descargo, en cuanto a que en el
mes de enero de 1977 pertenecía al sector operativo del Grupo de Tareas con asiento en la
Escuela de Mecánica de la Armada, en carácter de rotativo.
En idéntico
sentido su relato se corresponde con lo indicado en su descargo por Jorge Enrique Perren
en cuanto a que éste último formaba parte del Grupo de Tareas en cuestión, aunque
destaca que en un principio ... el Teniente de
Navío Antonio Pernía alias Trueno, Rata o Martín, el Teniente de Fragata
Gonzalez Menotti Alias Luis o El Gato, El Teniente de Fragata García Velazco alias
dante, y Jorge Perren, conformaban en un principio el Grupo de Oficiales de
inteligencia del Grupo de Tareas 3.3.2., quienes centralizaban los interrogatorios, las
torturas y las informaciones obtenidas por estos medios....
Por otra parte,
agrégase que de las distintas declaraciones incorporadas a este sumario, surge con
meridiana claridad la participación de personas ajenas a la Armada Argentina en este
sector del Grupo de Tareas.
Entre otros surgen
el Comisario Weber apodado 220", Juan Carlos Linares, los oficiales de la Policía Federal Argentina Carlos Perez y Pedro
Salvia alias angosto y un oficial de la Prefectura Naval apodado
Claudio ( ver fs 560/1, 1061,y 1090/ 6).-
Por último, el
grupo de logística se avocaba a la
administración de los bienes que eran apropiados a los secuestrados, amen de dedicarse al
mantenimiento propio de la estructura del Grupo de Tareas.
Dentro de este
último grupo se desempeñaban Jorge Radice, alias Ruger o
Gabriel- que además de llevar adelante las actividades típicas de este
sector, era un eximio tirador que participaba activamente en los secuestros-, y el
Teniente de Navío Alejandro Spinelli alias Felipe, entre otros.
Asimismo,
participaban en dichas actividades Francies Whamond y Jorge Enrique Perren, no obstante
que no formaban parte de dicho sector.
Se adquiere esta
convicción a partir de la valoración del elevado caudal de elementos probatorios que
este tribunal logró recolectar durante la instrucción de la presente causa.
Entre los
testimonios reunidos, es de destacar el prestado por Lisandro Raúl Cubas quien
manifestara que el sector de logística y
Finanzas estaba integrado para esa época por el Teniente de Navío que apodaban
Felipe...Alejandro Spinelli, ....el teniente de Navío Jorge Radice.... (fs
813/5)
Por su parte
Miguel Ángel Lauletta al respecto declaró ...se
había montado una organización destinada al secuestro y apropiación de bienes que le
iban secuestrando a Montoneros. Estaba conformada por tres oficiales de la Armada, uno que
le decían El Aleman, ... otro llamado Diaz Venazzi... y Radice Alias Ruger o
gabriel...También rondaban sobre este tema pero no participaban activamente Pernías y
Perren (fs 846/52)
La actividad de
este sector fue creciendo a partir de los primeros meses del año 1977, vislumbrandose una importante organización, en la que se destaca
la relevante participación de Jorge Radice.
En tal sentido se
montaron diversas inmobiliarias en las que los
detenidos en la Escuela de Mecánica de la Armada eran obligados a trabajar. Entre
ellas, se destacan las fincas sitas en la calle Ciudad de la Paz 1134, Ignacio Warnes
350/2 del Partido de Vicente López Provincia de Buenos Aires, y una vivienda ubicada en
la intersección de las calles Zapiola y Jaramillo de esta ciudad, todas ellas regenteadas
principalmente por el encartado Radice. A su vez las refacciones de las viviendas
apoderadas ilegalmente debían ser efectuadas por detenidos en la Escuela de Mecánica de
la Armada.
Del testimonio de
Miguel Ángel Lauletta surge que ...Radice por ejemplo tenía una inmobiliaria en la
calle Zapiola en la intersección de la calle Jaramillo. Tenían otra casa en la calle
Ignacio Warnes....Aquella inmobiliaria estaba destinada a la venta de las casas de
miembros de montoneros... (fs846/52).
Por su parte
Miriam Lewin al momento de prestar declaración testimonial en estos actuados señaló
me consta....además la existencia de una
inmobiliaria dedicada a la refacción de propiedades, alguna de las cuales pude saber
tenían rastros de balazos en enfrentamientos, hace suponer que pertenecían a personas que habían sido
secuestradas o muertas. (fs 853/5)
Asimismo, es de
destacar lo expresado por Nilda Actis quien refirió
que en comienzos del mes de febrero de
1979 me hacen trabajar en un lugar al cual llamábamos inmobiliaria desde donde se
refaccionaban casas que habían sido dañadas al momento en que secuestraban a sus
moradores o en su caso para mejorar el estado de las mismas. Estaba ubicada en principio
en la calle Ignacio Warnes...La persona que estaba al frente de esta inmobiliaria era una
persona que utilizaba el apellido falso de Barleta pariente cercano de Jorge
Radice y creo que su apellido era también Radice....En esta casa funcionaba la oficina
donde yo llevaba la contabilidad de los materiales que se usaban para refaccionar las
casas... En esa época los comentarios que se hacían era que Radice ... era una de las
personas encargadas de llevar adelante las operaciones inmobiliarias de las propiedades
que eran despojadas a los secuestrados en la ESMA. Por último agregó que
La persona llamada Barleta...me llevó a una
casa ... que la estaban refaccionando, donde en las paredes... había muchísimos impactos
de bala. ( fs 1012/13).-
Los dichos de los
diversos testigos, fueron corroborados por el Tribunal a través de los diversos informes
de dominio que fueran solicitados al Registro Nacional de la Propiedad Inmueble de la
Ciudad de Buenos Aires.
De los mismos se
desprende la titularidad de diversos inmuebles sitos en la intersección de las calles
Jaramillo y Zapiola de esta ciudad registradas a nombre de Augusto Carlos Radice, Agustín
Justo Radice, y Filomena Celestina Mercedes Barbiero.
Destácase que el
primero y la última de los nombrados serían
los padres de Jorge Radice conforme lo señalara el nombrado al momento de prestar
declaración indagatoria. ( ver fs 1577, 1579 y 1583)
Así también de
los elementos probatorios colectados se han detectado diversos medios utilizados por los
encartados en autos a los efectos de materializar el apoderamiento de los bienes de las
personas detenidas-desaparecidas en la Escuela de Mecánica de la Armada.
En tal sentido,
tienese por acreditado con el grado de certeza requerido que estas últimas eran obligadas
a suscribir poderes especiales generales ante escribano público, a través de los cuales
conferían facultades amplias de administración sobre sus bienes; o bien eran obligadas a
firmar escrituras traslativas de dominio de
aquellos bienes.
Dicho criterio
encuentra sustento por un lado en los testimonios colectados en autos. Entre ellos cabe
mencionar lo expresado por Nilda Actis, quien habría sido obligada a disponer de dos
inmuebles de su propiedad situados en las inmediaciones de la Ciudad de La Plata.
Por otra parte,
tal convicción encuentra apoyatura en los poderes que fueran conferidos a miembros de la
organización que se investiga en autos - tal el caso reiterado de Juan Héctor Ríos- de
los que diera fe el escribano Sosa Moliné y Manuel Quiroz.
Al respecto cuadra
poner de resalto el caso de Juan Carlos Munetta, quien le confiere un poder general amplio
al nombrado, dejando expresa mención que el mismo se expedía a los efectos de la
administración de un inmueble de su propiedad, siendo de interés resaltar que en
principio el nombrado habría sido privado de su libertad en la Escuela de Mecánica de la
Armada.
Se ha incorporado
a los autos principales copias certificadas del poder que habría sido conferido por
Hernández a Juan Héctor Ríos, a través del cual Jorge Radice se habría hecho de los
depósitos que aquél habría efectuado en la escribanía del notario Marcelo Losada.
De las pruebas
colectadas surgen indicios que hacen presumir al suscripto que los encartados en autos, en
virtud del poder que ostentaban en el país al momento en que se llevaron a cabo los
hechos materia de investigación, contaban con la posibilidad de erradicar de los
registros antiguos asientos de dominio de las propiedades que se apropiaban, lo que se
habría transformado en práctica habitual de los encartados en autos.
Sobre este punto
es dable resaltar que, sin perjuicio que
quedara plasmado expresamente en el poder que Munetta le confiriera a Juan Héctor Ríos
que el nombrado era titular del inmueble sito en la Avenida Belgrano 1651de esta ciudad,
solicitado el informe de dominio del mismo, no se encuentra asentada la titularidad en
favor de la víctima, sino que el primer registro de dominio corresponde a una fecha
posterior a la detención-desaparición de Munetta.
A ello, debe
sumársele el testimonio de la mencionada Actis - que da cuenta que no obrarían en el Registro de la Propiedad
Inmueble de la provincia de Buenos Aires asientos anteriores al año 1978 en el legajo
correspondientes a los dos inmuebles que fueran de su propiedad- y que el inmueble sito en
la calle Besares 2025 de esta ciudad cuenta con el primer asiento en el año 1977 en favor
de Juan Héctor Ríos, lo que hace presumir al suscripto que dicho legajo podría haber
sido objeto de idénticas maniobras.
Por último, se ha
determinado con el grado de certeza requerido, que a los efectos de materializar los
despojos, entre otros fines, los miembros de
la organización delictiva que se investiga en autos, falsificaron documentos,
sustituyéndose de tal forma sus verdaderas identidades.
A tal fin, Jorge
Eduardo Acosta formó dentro de la Escuela de Mecánica de la Armada, un laboratorio de
fotografía, documentación e imprenta. Las tareas en este sector las llevaban a cabo
personas que se encontraban privadas de su libertad en dicho centro de detención. Entre
ellos participaron en estas actividades, Miguel Ángel Lauletta, quien se encontraba a cargo del sector documentación, junto con
Marcelo Hernández y a Emilio Dellasopa, quienes a su vez
contaban con la colaboración de Nilda
Actis que dibujaba diversas
planchas de impresión a los efectos de lograr una mejor imitación de los documentos
Señálase que,
salvo Emilio Dellasopa, los nombrados prestaron declaración testimonial en autos,
explayándose cada uno de ellos sobre las funciones que cumplían en relación a dicha
actividad.
A su vez, los
detenidos que cumplían tareas en el sector imprenta, debían trabajar tanto en la Escuela
de Mecánica de la Armada, como en el Edificio Libertad de la Armada, ya que en este
último lugar funcionaban dos máquinas destinadas a crear los documentos que fueren
necesarios.
Entre otros,
cumplían tareas en este sector, Carlos García y Ricardo Héctor Coquet. Este último, al
momento de prestar declaración en las presentes actuaciones indicó cuales eran las
tareas que debían practicar en dicho sector.
Sin perjuicio de
lo declarado por los nombrados, a lo largo de la instrucción se han colectado
innumerables testimonios de personas que estuvieron privadas de la libertad en dicha
dependencia que fueron contestes en afirmar las actividades desplegadas por estos
sectores, quiénes eran los detenidos que eran obligados a trabajar en los mismos y los
fines que se les daban a los documentos falsos.
Es de interés
reseñar alguno de los testimonios referidos. En tal sentido Lisandro Raúl Cubas señaló
...me consta que los oficiales de la Marina
tenían documentos falsos que los hacían en ese mismo lugar. El encargado de dichas
actividades...un secuestrado llamado Lauletta. Inclusive Lauletta nos confeccionó un
pasaporte falso a mí y a mi esposa por órdenes de Acosta.... (fs 813/5)
Asimismo, Miriam
Lewin al ser preguntada por este Tribunal manifestó ... reitero que era práctica habitual de los oficiales
de la Marina de manejarse con documentación falsa y nombres supuestos... ( fs
853/5)