[Textos para una Justicia Universal] Tres tomas de posición sobre la CPI 

1) El pasado 11 de junio, el Consejo de la Unión Europea adoptó una Posición Común relativa a la Corte Penal Internacional (2001/443/PESC). Debajo encontraran el texto tal como fuera publicado por el Diario Oficial de las Comunidades Europeas el 12 de junio.

2)Del 22 al 23 de junio se llevo a cabo en la ciudad de Santiago, la V Reunion Conjunta de la Comision Interparlamentaria Latinoamericana de Derechos Humanos (CILDH) y de la Comision de Derechos Humanos del Parlamento Latinoamericano (Parlatino). Durante la cita, los parlamentarios abordaron el tema de la CPI.

3) EL FUTURO DE LA TPI, de Prudencio García, donde el autor ofrece una aproximacion optimista respecto a la lucha de Jesse Helms en contra de la CPI (en particular con relacion a la Ley de Protecccion para los soldados estadounidenses) seguido del abandono de sendor James Jeffords del Partido Republicano y la perdida de la mayoria republicana en el Senado.
 

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Mensaje 1
POSICION COMUN DEL CONSEJO (de 11 de junio de 2001 relativa a la Corte Penal Internacional (2001/443/PESC) 

EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular, su articulo 15, 

Considerando lo siguiente:

1.           La consolidación del Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos, así como el mantenimiento de la paz y el fortalecimiento de la seguridad internacional, de conformidad con la carta de las Naciones Unidas y según lo estipulado en el articulo 11 del Tratado de la UE, son de importancia fundamental y una prioridad para la Unión.

  1. El Estatuto de la Corte Penal Internacional, adoptado en la Conferencia de Plenipotenciarios de Roma, ha sido firmado por 139 Estados , y lo han ratificado o se han adherido a el 32 Estados, y entrara en vigor una vez depositado el sexagésimo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión.
  2. Los principios del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, así como los que rigen su funcionamiento, concuerdan plenamente con los principios y objetivos de la Unión.
  3. Los crímenes graves que son de competencia de la Corte conciernen a todos los Estados miembros, que están decididos a cooperar para prevenir estos crímenes y poner fin a la impunidad de sus autores.
  4. La Unión esta convencida de que el cumplimiento de las normas del Derecho Internacional Humanitario y de los derechos humanos es necesario para el mantenimiento de la paz y la consolidación del Estado de Derecho.
  5. La pronta entrada en vigor del Estatuto, por lo tanto, es deseable, y la Unión esta comprometida a hacer todo lo posible para lograr el numero requerido de instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, así como a contribuir a la plena aplicación del Estatuto de Roma.
  6. Los días 19 de noviembre de 1998, 6 de mayo de 1999 y 18 de enero de 2001, el Parlamento Europeo adoptó sendas Resoluciones sobre la ratificación del Tratado de Roma con objeto de establecer la Corte Penal Internacional permanente; y el 8 de mayo de 2001 la Comisión presentó al Parlamento Europeo y al Consejo su comunicación relativa al papel de la Unión Europea en el fomento de los Derechos Humanos y la democratización en los terceros países.
  7. El Acta Final de la Conferencia de Roma creó una Comisión Preparatoria, a la que se encomendó la presentación de propuestas para la adopción por la Asamblea de Estados Parte, incluidos los instrumentos necesarios para el funcionamiento practico de la Corte.
  8. El acuerdo alcanzado sobre el Estatuto de Roma representa un equilibrio delicado entre ordenamientos jurídicos e intereses diferentes, y el logro por parte de la Comisión Preparatoria de la finalización satisfactoria de los primeros proyectos de instrumentos sobre Elementos de los Crímenes y sobre las Reglas de Procedimiento y
    Prueba, concluyo el 30 de junio de 2000, respetando plenamente la integridad del Estatuto, con el que todos los Estados miembros están comprometidos.
  9. La Unión reconoce que los principios y las normas del Derecho Penal internacional integrados en el Estatuto de Roma deben tenerse en cuenta en otros instrumentos jurídicos internacionales.
  10. La Unión está convencida de que, para la plena eficacia de la Corte Penal Internacional, la adhesión universal al Estatuto de Roma es deseable, y, a tal efecto, considera necesario fomentar iniciativas que aumenten la aceptación del Estatuto, siempre y cuando sean acordes con su letra y espíritu.
  11. El establecimiento efectivo de la Corte y la aplicación del Estatuto requieren medidas practicas que la Unión Europea y sus Estados miembros deberían respaldar plenamente.

HA ADOPTADO LA PRESENTE POSICION COMUN:

Articulo 1

1.           El establecimiento de la Corte Penal Internacional, con el fin de prevenir y contener la comisión de los crímenes graves que sean de su competencia, es un medio esencial para fomentar el respeto del Derecho internacional humanitario y de los derechos humanos, por lo cual contribuye a la libertad , la seguridad, la justicia y el Estado de Derecho y contribuye al mantenimiento de la paz y al fortalecimiento de la seguridad internacional, de conformidad con los fines y los principios de la Carta de las Naciones Unidas.

  1. El objetivo de la presente Posición Común es la continuación y el respaldo de una pronta entrada en vigor del Estatuto de Roma y del establecimiento de la Corte.

Articulo 2

1.           A fin de contribuir al objetivo de una pronta entrada en vigor del Estatuto, la Unión Europea y sus Estados miembros harán todo lo posible para potenciar este proceso, planteando, siempre que proceda, la cuestión de la ratificación, aceptación, aprobación o adhesión más amplia posible al Estatuto de Roma y su aplicación en negociaciones o en diálogos políticos con terceros Estados, grupos de Estados u organizaciones regionales pertinentes.

  1. La Unión y su Estados miembros contribuirán igualmente por otros medios a una pronta entrada en vigor y aplicación del Estatuto, como la adopción de iniciativas dirigidas a promover la difusión de los valores, principios y disposiciones del Estatuto de Roma y de los instrumentos conexos.
  2. Los Estados miembros compartirán con todos los Estados interesados sus experiencias en cuanto a los temas relacionados con la aplicación del Estatuto y, en su caso, aportaran también otras formas de apoyo a
    ese objetivo.

Articulo 3

La Unión y sus Estados miembros prestaran su apoyo, incluido un apoyo práctico, al pronto establecimiento y al buen funcionamiento de la Corte. Respaldarán la pronta creación de un mecanismo de planificación apropiado, con el objeto de preparar la creación efectiva de la Corte.

Articulo 4

El Consejo, en su caso, coordinara las medidas adoptadas por la Unión Europea y los Estados miembros, a efectos de la aplicación de los artículos 2 y 3.

Articulo 5

El Consejo toma nota de que la Comisión se propone dirigir su acción al logro de los objetivos y prioridades de la Posición común, cuando proceda, mediante las medidas comunitarias apropiadas.

Articulo 6

Durante la negociación de los instrumentos contemplados en la Resolución F del Acta Final de la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de Roma, y en la realización de los trabajos previstos en la misma, los Estados miembros contribuirán a la pronta finalización de dichos instrumentos y respaldarán las soluciones que
sean acordes con la letra y el espíritu del Estatuto de Roma, teniendo en cuenta la necesidad de garantizar una participación lo más amplia posible.

Articulo 7

El Consejo revisará la presente Posición Común cada seis meses.

Articulo 8

La presente Posición Común surtirá efecto desde el día de su adopción.

Articulo 9

La presente Posición Común se publicará en el Diario Oficial.

Hecho en Luxemburgo, el 11 de junio de 2001

Por el Consejo, El Presidente

A.LINDH

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La información que difundimos es Irune Aguirrezabal Quijera, Coordinadora para Europa, CICC, Coalicion de ONGs por la CPI (CCPI)
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MENSAJE 2

Del 22 al 23 de junio se llevo a cabo en la ciudad de Santiago, la V Reunion Conjunta de la Comision Interparlamentaria Latinoamericana de Derechos Humanos (CILDH) y de la Comision de Derechos Humanos del Parlamento Latinoamericano (Parlatino)

Durante la cita, los parlamentarios abordaron el tema de la CPI, analizando la evolucion de la proteccion judicial internacional de los derechos humanos y los alcances del mencionado tratado, con especial enfasis en la competencia de la Corte, su relacion con las judicaturas nacionales y las normas relativas al procedimiento.

Al final del evento, los parlamentarios aprobaron una declaracion en la que no solo resaltan la importancia de la Corte como un instrumento eficaz en la prevencion de graves crimenes sino que tambien destacan su caracter complementario. Los parlamentarios tambien  hicieron un llamado para que los gobiernos ratifiquen o se adhieran en el menor tiempo posible.

Segun la nota de ANSA: El senador chileno Jose Antonio Viera Gallo refirio: "ha quedado claro que a los paises latinoamericanos les conviene estar entre los miembros fundadores de la Corte porque en esa medida pueden influir en tener una representacion adecuada en la composicion del Tribunal".
"Los parlamentarios decidieron que la VI Reunión Conjunta de la Comision Interparlamentaria Latinoamericana de Derechos Humanos (CILDH) y de la Comision de Derechos Humanos del Parlamento
Latinoamericano, Parlatino, se efectue en Buenos Aires, el primero, 2 y 3 de noviembre para analizar "El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional".
Monica Guzman
Equipo de Trabajo por la CPI
APRODEH-FIDH

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Fuerte respaldo parlamentario a Corte Penal Internacional

SANTIAGO.- Parlamentarios de America Latina, España y Portugal afirmaron hoy que la Corte Penal Internacional CPI) es "un instrumento eficaz para prevenir los mas graves crimenes de caracter internacional y sancionar a sus responsables".
"La CPI representa una pieza clave en la construccion de las estructuras internacionales necesarias para asegurar el respeto, la defensa y la promocion de los derechos humanos", sostiene la declaracion final de la V Reunion Conjunta de la Comision Interparlamentaria Latinoamericana de Derechos Humanos (CILDH)
y de  la Comision de Derechos Humanos del Parlamento Latinoamericano (Parlatino) clausurada hoy en Santiago.
Segun los parlamentarios, la CPI "lejos de cercenar o menoscabar la soberania de los Estados, es complementaria de las jurisdicciones nacionales y opera en subsidio de las mismas en los casos y formas  
que expresa el Tratado".
La reunion concluyo con un llamado "a los parlamentos de los paises que suscribieron el Estatuto de Roma para que ratifiquen prontamente ese instrumento internacional, a fin de que la CPI pueda entrar en vigencia".
Los parlamentarios piden, asimismo, a "los paises que todavia no han prestado su adhesion al Tratado, que lo hagan cuanto antes para asegurar el caracter verdaderamente universal del nuevo organismo".
El senador chileno Jose Antonio Viera Gallo informo a ANSA que  "hasta ahora han suscrito 35 países y se necesitan 60 para que la CPI entre en vigencia".
"Ha quedado claro que a los paises latinoamericanos les conviene estar entre los miembros fundadores de la Corte porque en esa medida pueden influir en tener una representacion adecuada en la composicion del Tribunal", señalo.
Segun Viera Gallo, "el Tribunal va a entrar en funciones el proximo año de todas maneras, con o sin America Latina".
El senador socialista dijo que en la reunion de Santiago hubo consenso acerca de la necesidad de ratificar el Tratado, pero recordo que solo siete naciones latinoamericanas lo han hecho, entre ellos Argentina, Venezuela, Costa Rica y Paraguay.
El parlamentario chileno subrayo que la ventaja de la CPI para los paises mas pequenos porque el Tratado "da un estatuto de garantias para que la jurisdiccion internacional tenga una instancia objetiva, imparcial, independiente, con competencia clara y procedimientos pre establecidos".
"Asi se permitira prevenir y sancionar los crimenes mas graves contra la humanidad sin que se produzcan intervenciones que algunos pudieran considerar arbitrarias", añadió.
Viera Gallo reitero que la CPI significara el fin de jueces nacionales que interfieran en la jurisdiccion de otros paises para perseguir a acusados de crímenes graves o atroces.
"En la medida que se establece un mecanismo claro para los crimenes que tienen gran relevancia, de lesa humanidad, de guerra o el genocidio, en ese mismo momento si la jurisdiccion nacional no es suficiente, habra un tribunal objetivo y permanente al cual se podra recurrir", especifico.
El Parlatino se comprometio a redoblar sus esfuerzos para conseguir la ratificacion de la CPI "entendiendo que la existencia de una instancia objetiva, imparcial e independiente, con competencia definida y procedimientos claros, sera garantia de juicios justos".
Los parlamentarios decidieron que la VI Reunión Conjunta de la Comision Interparlamentaria Latinoamericana de Derechos Humanos (CILDH) y de la Comision de Derechos Humanos del Parlamento Latinoamericano, Parlatino, se efectuara en Buenos Aires, el primero, 2 y 3 de noviembre para analizar "El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional".
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Mensaje 4 

EL FUTURO DEL TRIBUNAL PENAL INTERNACIONAL

Prudencio Garcia. Investigador del INACS. Consultor internacional de la ONU y de otras Organizaciones

“Mientras yo siga respirando, los Estados Unidos nunca permitiran y  repito, nunca- que sus decisiones sobre seguridad nacional sean juzgadas por un Tribunal Penal Internacional”, afirmaba solemnemente Hesse Helms, senador del ala dura del partido republicano y bien conocido presidente de la poderosa Comision de
Exteriores del Senado norteamericano. Prepotente afirmacion, propia de un vendedor de pieles de osos no cazados aun. Mas bien debio decir: “Mientras yo siga respirando y presidiendo mi Comision.” Porque a partir de ahora seguira respirando cuanto quiera o pueda, pero ya se ha quedado irremisiblemente sin su Comision.
El hombre que escribio: “El TPI (Tribunal Penal Internacional) es un monstruo, y tenemos la responsabilidad de descuartizarlo antes de que crezca y acabe devorandonos” (Financial Times, 31-7-98); el mismo individuo que anhadio: “Tenemos que aniquilar ese monstruo. Votar en contra del TPI no es suficiente. Los EEUU
deberian acabar con el”; el mismo ultrapatriota que aspiraba a “garantizar que ningun soldado estadounidense estara nunca sometido a la jurisdiccion de un Tribunal Penal Internacional”, ese mismo sujeto, tan despectivo hacia los intereses generales de la humanidad, se ve ahora privado del potente cerrojo del que disponia para evitar la ratificacion del TPI por su pais. Podra seguir profiriendo sus bravatas, pero desde una posicion de muy inferior influencia y poder.
La valerosa decision del hasta hace poco desconocido James Jeffords, senador por el pequenho estado de Vermont, en el extremo nordeste de la Union, de abandonar el Partido Republicano por desacuerdos profundos con las politicas ultraderechistas de Bush, y de permanecer como senador independiente, ha arrastrado, entre otros, este importante “efecto colateral”: la actitud del Senado ante el futuro TPI.
Ese concepto basico, cuasirracial, inherente a la mentalidad norteamericana, de que aquel que gana, aunque sea por un solo voto, se lo lleva absolutamente todo, sin el menor atisbo de proporcionalidad, funciona tambien en el Senado con su implacable logica acumulativa. ¿Que significa eso? Que el paso de un Senado de 50-50 con voto de calidad presidencial, al actual de 50-49 y un independiente, ha significado no solo que el democrata Thomas Daschle ejerce ya como lider de la mayoria, sino mucho mas. Esa mayoria, aunque numericamente insignificante, resulta determinante en este punto, al imponer reglamentariamente que todas las Comisiones senatoriales, de tan enorme peso politico en toda tramitacion legislativa, hayan de ser dirigidas por miembros de la nueva mayoria. En otras palabras: el muy prepotente y tantas veces chulesco Hesse Helms, con toda su dinamita anti-TPI, ha dejado ya de ser el amenazador obstaculo que fue. Otros analistas han subrayado, en estas ultimas semanas, las previsibles repercusiones de la decision del senador Jeffords, y de los cambios subsiguientes, en cuanto a diversos y polemicos proyectos legislativos que Bush pretende impulsar, y que ahora tropezaran con no pocas dificultades en un Senado de mayoria hostil. Nosotros, por nuestra parte, como defensores de la jurisdiccion universal para ciertas categorias de delitos, centramos nuestra atencion en otro punto concreto, que nos parece fundamental: la actitud de los EEUU respecto al futuro Tribunal Penal Internacional. El ultimo dia del anho 2000, el presidente Clinton, en uno de los ultimos actos de su administracion, firmo el tratado de Roma de 1998, lo que incorporo los Estados Unidos a la lista de mas de cien paises que ya estan implicados en la concepcion y necesario desarrollo del TPI. Falta todavia, eso si, al paso mas decisivo: su ratificacion por las dos camaras del Parlamento norteamericano, una de las cuales, el Senado, aparecia como barrera infranqueable para el citado Tribunal. Pues bien, precisamente en el Senado, el mas acerrimo y mas poderoso de sus  enemigos ha sido desplazado. Esperemos que ello contribuya, en terminos efectivos, a ir abriendo las puertas a esa futura ratificacion, por la primera potencia mundial, de dicho instrumento del nuevo derecho internacional, imprescindible para la progresiva implantacion –aunque siempre imperfecta- del respeto a los derechos humanos y de la creciente primacia del concepto de Justicia Universal.
 

(DIARIO 16, 17/06/2001)

Una información de Coalición de Ong's por una CPI: ccpi@aprodeh.org.pe

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