Corte Penal Internacional: Faltan sólo cuatro ratificaciones para poder establecer la Corte

Al convertirse Panamá en el Estado número 56 que ratifica el Estatuto de Roma, se está avanzando rápidamente hacia el establecimiento de la Corte Penal Internacional, ha señalado hoy Amnistía Internacional.

Ya sólo faltan cuatro ratificaciones para que el Estatuto entre en vigor y se establezca la Corte.

La organización ha manifestado: «Hasta el momento 56 Estados han demostrado su compromiso de poner fin a la impunidad en el caso de los peores delitos que conoce la humanidad. [...] En esta importante etapa del establecimiento de la Corte, pedimos a todos los Estados que tomen de inmediato medidas para ratificar el Estatuto y promulgar legislación efectiva que haga posible su aplicación, lo que incluye la cooperación plena con la Corte».

Información general

El jueves 21 de marzo del 2002, Panamá ratificó el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que se aprobó en una conferencia diplomática el 17 de julio de 1998. En su texto se estipula el establecimiento de la Corte como tribunal penal internacional permanente, encargado de abrir investigaciones y enjuiciamientos contra personas acusadas de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. Una de sus disposiciones estipula que tiene que haber sido ratificado por 60 Estados para poder establecer la Corte.

Junto con los más de mil miembros de la Coalición de ONG para una Corte Penal Internacional, Amnistía Internacional trabaja en favor del establecimiento de la Corte desde 1993. Inmediatamente después de la aprobación del Estatuto de Roma, la organización emprendió una campaña mundial para conseguir que todos los gobiernos ratificaran el Estatuto de Roma y promulgaran la legislación necesaria para su aplicación, lo cual supone una cooperación plena con la Corte.

Incluso una vez que la sexagésima ratificación haya sido depositada y se haya establecido la Corte, Amnistía Internacional continuará haciendo campaña para conseguir que todos los Estados ratifiquen el Estatuto. Es esencial que lo hagan, porque en muchos casos la Corte sólo tendrá competencia si el delito se ha cometido en el territorio de un país que haya ratificado el Estatuto o si su autor es ciudadano de un país que lo haya ratificado.

Encontrarán más información en inglés sobre la Corte Penal Internacional y el trabajo de Amnistía Internacional sobre esta cuestión en el sitio web de la organización (<www.amnesty.org>). Para los documentos y comunicados de prensa traducidos al español, consulten la sección «centro de documentación» de las páginas web de EDAI en: <http://www.edai.org/centro>.