De: Coalicion de ONGs por una CPI


Estimados amigos,

No Peace Without Justice (http://www.npwj.org/) se complace en informar que el Enlace de la Oficina Europea, que trabaja junto con el Secretario General de NPWJ, el Honorable Gianfranco Dell'Alba, Miembro del Parlamento Europeo y otros Miembros del Parlamento asociados con el Partido Radical Transnacional (http://www.radicalparty.org) han elaborado y negociado la adopcion de un resolucion sobre la Corte Penal Internacional por el Parlamento
Europeo. La Resolucion fue adoptada el 17 de enero del 2001.
Entre otros puntos, la Resolucion, insta a los Estados Miembros de la UE y a los paises que aun no han ratificado el Estatuto de Roma lo mas pronto posible sin acogerse a la clausula que hace posible que la Corte no ejerza su competencia sobre crimenes de guerra por un
periodo de siete anos, de conformidad con el articulo 124 del Estatuto y pedir a los Estados Miembros de la UE que tomen acciones en todos los foros apropiados para preservar y proteger la integridad del Estatuto, rechazando cualquier propuesta que intente realizar enmiendas que podrian debilitar la efectividad e imparcialidad de la futura CPI.
A continuacion, el texto completo de la resolucion en espanol.
Para mayor informacion, pueden visitar http://www.npwj.org/ y http://europarl.eu.int .

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Parlamento Europeo
Textos aprobados por el Parlamento
Edicion provisional : 18/01/2001

Tribunal Penal Internacional
B5-0060, 0067, 0073, 0078 y 0085/2001

Resolucion del Parlamento Europeo sobre la ratificacion del Tratado de Roma a fin de crear un Tribunal Penal Internacional permanente El Parlamento Europeo,

A. Considerando que el 17 de julio de 1998 se aprobo en Roma, por 120 votos a favor, 7 en contra y 19 abstenciones, el Estatuto del Tribunal Penal Internacional (TPI) que investigara los crimenes de guerra, el genocidio y los crimenes contra la humanidad,
B. Considerando que es la primera vez que un tribunal con una jurisdiccion internacional puede juzgar de manera independiente a las personas responsables de los crimenes anteriormente citados,
C. Recordando que en el curso del siglo pasado millones de ninos, mujeres y hombres fueron victimas de atrocidades inimaginables que conmocionaron profundamente la conciencia de la
humanidad,
D. Decidido a poner fin a la impunidad de las personas que han perpetrado esos crimenes y a contribuir a su prevencion,
E. Considerando el interes y la determinacion de que ha dado muestra el Parlamento Europeo en relacion con esta cuestion, incluida la adopcion de posiciones energicas sobre elementos esenciales del Estatuto antes de la Conferencia Diplomatica, que se incorporaron finalmente al texto final del Estatuto de Roma del Tribunal Penal Internacional,
F. Satisfecho por el hecho de que 139 gobiernos hayan firmado el Tratado de Roma y 27 lo hayan ratificado, pero considerando que se necesitan al menos 60 ratificaciones para que el Tratado entre en vigor y se cree el Tribunal,
G. Considerando que el 30 de junio de 2000 la Comision Preparatoria de las Naciones Unidas aprobo por unanimidad los Reglamentos de Procedimiento y Declaracion y los Elementos
de Delitos del Tribunal, tal como le habia encomendado la Conferencia Diplomatica,
H. Considerando que la Comision Preparatoria de las Naciones Unidas ha recibido el mandato de la Conferencia Diplomatica para ultimar el Acuerdo de relacion con las Naciones Unidas,
el Reglamento financiero y la Reglamentacion financiera, el Acuerdo sobre los privilegios e inmunidades, la definición del crimen de agresion, el Reglamento dela Asamblea de los Estados Partes, el presupuesto para el primer ejercicio financiero del Tribunal y el acuerdo relativo a la sede,


1. Felicita a los 27 Estados que ya han ratificado el Tratado de Roma, entre los que se encuentran 8 Estados miembros: Italia, Francia, Belgica, Luxemburgo, Espana, Alemania, Austria y Finlandia;

2. Urge a los Estados miembros de la UE y a los paises candidatos que todavia no han ratificado el Tratado de Roma a que lo hagan lo antes posible, sin recurrir a la clausula de exencion en relacion con los crimenes de guerra con arreglo al articulo 124 del Tratado;

3. Acoge con satisfaccion la firma del Tratado por el Presidente de los EE.UU, Bill Clinton, el 31 de diciembre de 2000 y por la Federacion de Yugoslavia el 19 de diciembre de 2000, e insta a sus parlamentos respectivos a ratificar el Tratado;

4. Pide a los Estados miembros de la UE que actuen en todos los foros adecuados para mantener y proteger la integridad del Estatuto del Tribunal Penal Internacional, rechazando cualquier propuesta de modificacion que pudiera debilitar la equidad, eficacia e imparcialidad del futuro TPI;

5. Insta a todos los demas Estados a que ratifiquen el Estatuto lo antes posible, con el fin de alcanzar el nivel minimo de 60 ratificaciones antes de finales de 2001, de modo que el Tribunal pueda entrar en funciones;

6. Pide a todos los Estados que sigan apoyando el trabajo de los Tribunales Penales Internacionales para Ruanda y la ex-Yugoslavia;

7. Solicita al Consejo que considere la ratificacion del Tratado de Roma sobre el Tribunal Penal Internacional como una prioridad de su trabajo para el ano 2001, en particular, en la perspectiva de sus relaciones bilaterales;

8. Observa con satisfaccion la contribucion financiera de la UE y los Estados miembros al fondo fiduciario creado por las Naciones Unidas para contribuir a que los Paises Menos Desarrollados participen en las negociaciones en curso sobre el TPI y a las campanas internacionales de las ONG en apoyo de la entrada en vigor rapida y eficaz del Estatuto del Tribunal Penal Internacional; invita, asimismo, a la UE y los Estados miembros a seguir adelante y redoblar sus esfuerzos;

9. Encarga a su Presidenta que transmita la presente resolucion al Consejo, a la Comision, a los Parlamentos de los Estados miembros, a los Gobiernos y los Parlamentos de los paises candidatos y al Secretario General de las Naciones Unidas.

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