ORAL Y PÚBLICO, emisión del 4/7/1997. María del Carmen Verdú caso Rojas Perez - Abogarte

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SOCIEDAD
La condena por gatillo fácil que llegó doce años después del crimen
El policía que mató al músico Javier Rojas Pérez en 1995 fue condenado por homicidio simple. Hace diez años, le habían dado tres años por homicidio culposo, pero Casación pidió un nuevo fallo.
Por Eduardo Videla
Doce años después, el crimen de Javier Rojas Pérez, un músico de rock que fue víctima del gatillo fácil de un policía, tiene una condena para su responsable, tal como lo pedían sus familiares. Rojas Pérez fue virtualmente fusilado durante un procedimiento policial, en una pizzería de Wilde, pero el autor del disparo fue condenado sólo a tres años de prisión en suspenso, porque en el primer juicio –hace diez años– los jueces consideraron que el disparo fue accidental y calificaron el hecho como “homicidio culposo”. La lucha de los familiares de Javier –en rigor, su madre y su hermana– logró que la Cámara de Casación revirtiera ese primer fallo y le ordenara a la Cámara juzgadora dictar una nueva sentencia, esta vez por homicidio simple. Fue así que ayer, la Sala III de la Cámara Penal –con una composición distinta a la que dictó el primer veredicto– condenó al policía Diego Centurión a 8 años y 6 meses de prisión. Como estuvo dos años preso, antes del primer juicio, Centurión deberá volver a la cárcel, pero sólo cuando quede firme la sentencia.
El asesinato de Rojas Pérez ocurrió el 23 de julio de 1995, cuando la víctima tenía 23 años. Esa noche, una patrulla de la Comisaría 6ª de Lanús intentaba dar con la patota responsable del crimen de un menor. Llegaron a la pizzería Cadorna, de Wilde, donde Javier comía con unos amigos. Centurión lo agarró de los pelos y lo sacó hasta la calle y, sin que mediara resistencia por parte del joven –según ratificaron los testigos–, disparó su arma, que apuntaba a la cabeza.
En el juicio, que se llevó a cabo dos años después, en julio de 1997, el fiscal Eduardo Tubio pidió 15 años de prisión para el policía, por homicidio simple con dolo eventual: tuvo en cuenta que llevaba su arma amartillada, apuntando a la cabeza de una persona desarmada. Pero el tribunal, integrado por los jueces Héctor Decastelli, Jorge Tristán Rodríguez y Antonio Cilio, lo condenaron a tres años, por homicidio culposo. Ese mismo día quedó en libertad, después de haber pasado dos años en prisión.
El fallo fue apelado por el fiscal y, ocho años más tarde –en julio de 2005–, el Tribunal de Casación le dio la razón: determinó que Centurión tenía “conciencia del peligro concreto de que alguien muera” y concluyó, por mayoría, que el disparo se produjo “no en virtud de un obrar descuidado, sino por arriesgarse a encañonar a una persona con el arma cargada y en condiciones de disparo”. Por eso, sostuvo que correspondía condenar por “homicidio simple” y remitió la causa a la Sala III de la Cámara de Lomas de Zamora para que establezca el monto de la pena.
Eso fue lo que hizo ayer el tribunal, ahora con otra composición porque dos de sus integrantes originales (Decastelli y Rodríguez) tuvieron que excusarse y el tercero ya no integra esa Cámara. En definitiva, los jueces Carlos Zamarreño, Marcelo Soukop y Joaquín Díaz Ferrer fijaron la pena para Centurión en ocho años y seis meses de prisión (la mínima para ese delito es de 8 años y la máxima, de 25). Como el policía seguramente apelará, la sentencia no está firme, por lo que puede seguir en libertad. Ayer, junto con la noticia de la sentencia, la hermana de Javier, Gabriela Rojas Pérez, recibió su diploma de licenciada en Bibliotecología. La carrera la hizo en función de la actividad que viene desarrollando con su madre: la biblioteca “El arca de Javier”, que funciona en lo que fue la casa de su abuela, en la localidad de San Martín, y que es parte de la lucha por la justicia y la memoria que vienen llevando a cabo desde hace doce años. (Fuente Página/12 15 de junio de 2007).
Diez años antes, habíamos entrevistado en ORAL Y PÚBLICO, emisión del 4 de julio de 1997, a la Dra. María del Carmen Verdú (CORREPI). La condena tan dura y claramente criticada por Verdú, fue revocada por la casación, que condenó a al policía Centurión que disparó, por homicidio simple


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